Disposiciones generales. . (2024/103-2)
Orden de 23 de mayo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por el Instituto Andaluz de la Juventud, a Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones en materia de juventud.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Miércoles, 29 de mayo de 2024
página 45618/15
(Página 8 de 14)
En cada una de la Comisiones Provinciales de Valoración, corresponde la Secretaría a una persona
funcionaria adscrita a la Dirección Provincial correspondiente. En los supuestos de baja, ausencia
o enfermedad será suplida por una persona que cumpla estas mismas condiciones.
En la Comisión Regional de Valoración, corresponde la Secretaría a la persona titular de la
Jefatura de Servicio de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud con competencias
en materia de gestión y coordinación de subvenciones. En los supuestos de baja, ausencia o
enfermedad será suplida por una persona funcionaria adscrita al Servicio de la Dirección General
del Instituto Andaluz de la Juventud con competencias en materia de gestión y coordinación de
subvenciones
Las funciones que estas bases reguladoras atribuyen al órgano gestor serán ejercidas por :
Las Direcciones Provinciales y la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud.
Otras funciones a desempeñar por órganos o unidades distintas de los anteriores:
14.- Dirección electrónica de acceso restringido al estado de tramitación del procedimiento (Artículo 16).
Las personas o entidades que tengan la consideración de interesadas en este procedimiento de concesión de subvenciones, podrán conocer el estado de
tramitación del mismo, a través la siguiente dirección electrónica:
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientos.xhtml
15.- Documentación (Artículo 17):
15.a) Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II:
1.- En el supuesto de Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles y Secciones
Juveniles de otras Entidades, se adjuntará:
a) Certificación expedida por la persona titular de la Secretaria de la Entidad, con el Visto Bueno de la
persona que ostente la Presidencia, del cargo que ostenta la persona física que suscribe la solicitud de
subvención.
b) En el caso de Entidades que tengan constituidas Secciones Juveniles se aportará, además, certificado de
la persona titular de la Secretaria de la Sección Juvenil, con el Visto Bueno de la persona que ostente la
Presidencia de la misma, acreditativo de:
1) número de personas miembras de la misma, desagregados por sexo y edades, sede social y delegaciones, si
las hubiera.
2) Cargos vigentes de la Junta Directiva de la Sección , con datos desagregados por sexo y edades .
c) Copia del D.N.I. de la persona que suscribe la solicitud, en el caso de haber ejercido el derecho de
oposición de la persona interesada de la consulta de sus datos de identidad.
d) Copia del N.I.F. de la Entidad.
e) Copia de los Estatutos de la Entidad.
f) Documentación acreditativa de estar legalmente registrada.
g) Acreditación de la inscripción de la entidad en el Censo de Entidades de Participación Juvenil del
Instituto Andaluz de la Juventud con anterioridad a la entrada en vigor de la convocatoria.
h) En el supuesto de que se proceda a la reformulación de la solicitud, junto con el anexo II deberá
presentarse un nuevo presupuesto de ingresos-gastos de la actividad subvencionada, ajustado al importe
objeto de reformulación, con desglose de conceptos y partidas.
i) En el supuesto de que en el proyecto subvencionado puedan participar menores de edad, declaración
responsable, suscrita por la persona representante de la entidad, comprometiéndose a tener en su
disposición, antes del inicio de la actividad, certificación del Registro Central de Delincuentes
Sexuales y Trata de Seres Humanos, de no haber sido condenada por sentencia firme por algún delito contra
la libertad y la indemnidad sexual, así como por delitos de trata de seres humanos, de todas las personas
contratadas, voluntarias o colaboradoras, cuya profesión, oficio o actividad implique contacto habitual
con menores.
3.- Con respecto a los apartados d), e), f) y g) del apartado 1 y de conformidad con lo previsto en el
artículo 84.3 de la Ley 9/2007 de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, no se
requerirá la presentación de aquellos documentos, que resultando necesarios a los efectos de acreditación
de datos o requisitos exigidos, ya obren en poder del Instituto Andaluz de la Juventud, siempre que se
indiquen el día y el procedimiento en el que los presentó. Con respecto a la documentación de los
apartados a) y b) del apartado 1 y a) del apartado 2, el Instituto Andaluz de la Juventud facilitará un
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302583
2.- Los Grupos de Corresponsales Juveniles deberán presentar:
a) Relación de miembros que componen el grupo y obligaciones que cada uno contrae respecto del proyecto
objeto de la subvención, y el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, así como indicación
de sus edades, y de la persona que representa al grupo, suscrita por todas ellas.
b) Copia de los D.N.I. de cada una de las personas miembras del grupo, en el caso de haber ejercido el
derecho a oposición de la persona interesada de la consulta de sus datos de identidad.
c) Certificación de la Dirección Provincial del Instituto Andaluz de la Juventud que corresponda,
acreditando a las personas miembras del grupo como corresponsales juveniles y fecha de acreditación,
anterior a la entrada en vigor de la convocatoria.
d) Certificación del Centro de Información Juvenil que corresponda, en la que se avale el proyecto para
el que se solicita la subvención.
e) En el supuesto de que se proceda a la reformulación de la solicitud, junto con el anexo II deberá
presentarse un nuevo presupuesto de ingresos-gastos de la actividad subvencionada, ajustado al importe
objeto de reformulación, con desglose de conceptos y partidas.
f) En el supuesto de que en el proyecto subvencionado puedan participar menores de edad, declaración
responsable, suscrita por la persona representante de la entidad, comprometiéndose a tener en su
disposición, antes del inicio de la actividad, certificación del Registro Central de Delincuentes
Sexuales y Trata de Seres Humanos, de no haber sido condenada por sentencia firme por algún delito contra
la libertad y la indemnidad sexual, así como por delitos de trata de seres humanos, de todas las personas
contratadas, voluntarias o colaboradoras, cuya profesión, oficio o actividad implique contacto habitual
con menores.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Miércoles, 29 de mayo de 2024
página 45618/15
(Página 8 de 14)
En cada una de la Comisiones Provinciales de Valoración, corresponde la Secretaría a una persona
funcionaria adscrita a la Dirección Provincial correspondiente. En los supuestos de baja, ausencia
o enfermedad será suplida por una persona que cumpla estas mismas condiciones.
En la Comisión Regional de Valoración, corresponde la Secretaría a la persona titular de la
Jefatura de Servicio de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud con competencias
en materia de gestión y coordinación de subvenciones. En los supuestos de baja, ausencia o
enfermedad será suplida por una persona funcionaria adscrita al Servicio de la Dirección General
del Instituto Andaluz de la Juventud con competencias en materia de gestión y coordinación de
subvenciones
Las funciones que estas bases reguladoras atribuyen al órgano gestor serán ejercidas por :
Las Direcciones Provinciales y la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud.
Otras funciones a desempeñar por órganos o unidades distintas de los anteriores:
14.- Dirección electrónica de acceso restringido al estado de tramitación del procedimiento (Artículo 16).
Las personas o entidades que tengan la consideración de interesadas en este procedimiento de concesión de subvenciones, podrán conocer el estado de
tramitación del mismo, a través la siguiente dirección electrónica:
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientos.xhtml
15.- Documentación (Artículo 17):
15.a) Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II:
1.- En el supuesto de Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles y Secciones
Juveniles de otras Entidades, se adjuntará:
a) Certificación expedida por la persona titular de la Secretaria de la Entidad, con el Visto Bueno de la
persona que ostente la Presidencia, del cargo que ostenta la persona física que suscribe la solicitud de
subvención.
b) En el caso de Entidades que tengan constituidas Secciones Juveniles se aportará, además, certificado de
la persona titular de la Secretaria de la Sección Juvenil, con el Visto Bueno de la persona que ostente la
Presidencia de la misma, acreditativo de:
1) número de personas miembras de la misma, desagregados por sexo y edades, sede social y delegaciones, si
las hubiera.
2) Cargos vigentes de la Junta Directiva de la Sección , con datos desagregados por sexo y edades .
c) Copia del D.N.I. de la persona que suscribe la solicitud, en el caso de haber ejercido el derecho de
oposición de la persona interesada de la consulta de sus datos de identidad.
d) Copia del N.I.F. de la Entidad.
e) Copia de los Estatutos de la Entidad.
f) Documentación acreditativa de estar legalmente registrada.
g) Acreditación de la inscripción de la entidad en el Censo de Entidades de Participación Juvenil del
Instituto Andaluz de la Juventud con anterioridad a la entrada en vigor de la convocatoria.
h) En el supuesto de que se proceda a la reformulación de la solicitud, junto con el anexo II deberá
presentarse un nuevo presupuesto de ingresos-gastos de la actividad subvencionada, ajustado al importe
objeto de reformulación, con desglose de conceptos y partidas.
i) En el supuesto de que en el proyecto subvencionado puedan participar menores de edad, declaración
responsable, suscrita por la persona representante de la entidad, comprometiéndose a tener en su
disposición, antes del inicio de la actividad, certificación del Registro Central de Delincuentes
Sexuales y Trata de Seres Humanos, de no haber sido condenada por sentencia firme por algún delito contra
la libertad y la indemnidad sexual, así como por delitos de trata de seres humanos, de todas las personas
contratadas, voluntarias o colaboradoras, cuya profesión, oficio o actividad implique contacto habitual
con menores.
3.- Con respecto a los apartados d), e), f) y g) del apartado 1 y de conformidad con lo previsto en el
artículo 84.3 de la Ley 9/2007 de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, no se
requerirá la presentación de aquellos documentos, que resultando necesarios a los efectos de acreditación
de datos o requisitos exigidos, ya obren en poder del Instituto Andaluz de la Juventud, siempre que se
indiquen el día y el procedimiento en el que los presentó. Con respecto a la documentación de los
apartados a) y b) del apartado 1 y a) del apartado 2, el Instituto Andaluz de la Juventud facilitará un
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302583
2.- Los Grupos de Corresponsales Juveniles deberán presentar:
a) Relación de miembros que componen el grupo y obligaciones que cada uno contrae respecto del proyecto
objeto de la subvención, y el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, así como indicación
de sus edades, y de la persona que representa al grupo, suscrita por todas ellas.
b) Copia de los D.N.I. de cada una de las personas miembras del grupo, en el caso de haber ejercido el
derecho a oposición de la persona interesada de la consulta de sus datos de identidad.
c) Certificación de la Dirección Provincial del Instituto Andaluz de la Juventud que corresponda,
acreditando a las personas miembras del grupo como corresponsales juveniles y fecha de acreditación,
anterior a la entrada en vigor de la convocatoria.
d) Certificación del Centro de Información Juvenil que corresponda, en la que se avale el proyecto para
el que se solicita la subvención.
e) En el supuesto de que se proceda a la reformulación de la solicitud, junto con el anexo II deberá
presentarse un nuevo presupuesto de ingresos-gastos de la actividad subvencionada, ajustado al importe
objeto de reformulación, con desglose de conceptos y partidas.
f) En el supuesto de que en el proyecto subvencionado puedan participar menores de edad, declaración
responsable, suscrita por la persona representante de la entidad, comprometiéndose a tener en su
disposición, antes del inicio de la actividad, certificación del Registro Central de Delincuentes
Sexuales y Trata de Seres Humanos, de no haber sido condenada por sentencia firme por algún delito contra
la libertad y la indemnidad sexual, así como por delitos de trata de seres humanos, de todas las personas
contratadas, voluntarias o colaboradoras, cuya profesión, oficio o actividad implique contacto habitual
con menores.