Disposiciones generales. . (2024/103-2)
Orden de 23 de mayo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por el Instituto Andaluz de la Juventud, a Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones en materia de juventud.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Miércoles, 29 de mayo de 2024

página 45618/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD

La Comunidad Autónoma de Andalucía tiene competencia exclusiva en materia de
juventud, en virtud de lo dispuesto en el artículo 74 del Estatuto de Autonomía para
Andalucía. Asimismo, el artículo 10.3.7.º y 8.º señala que la Comunidad Autónoma ejercerá
sus poderes para la consecución de una serie de objetivos básicos, entre los que se
encuentran la mejora de la calidad de vida de los andaluces y andaluzas y la superación
de los desequilibrios económicos, sociales, culturales y de equiparación de la riqueza y el
bienestar entre toda la ciudadanía. Por otra parte, el artículo 37.1.8.º establece, entre los
principios rectores que han de inspirar las políticas públicas, la integración de la juventud
en la vida social y laboral, favoreciendo su autonomía personal.
El artículo 74 incluye entre las competencias en materia de juventud, según se
señala en su apartado c), «La promoción del asociacionismo juvenil, de la participación
de los jóvenes, de la movilidad internacional y del turismo juvenil». El derecho
fundamental de asociación, reconocido en el artículo 22 de la Constitución Española,
constituye un fenómeno sociológico y político, como tendencia natural de las personas
y como instrumento de participación que supone una de las bases fundamentales de
una sociedad democrática. La participación de las personas jóvenes a través de los
movimientos asociativos mide, en gran medida, la salud democrática de una sociedad, y
representa un valioso instrumento de formación y enriquecimiento personal en un periodo
de su trayectoria vital en el que se conforma su personalidad.
El Instituto Andaluz de la Juventud, como agencia administrativa adscrita a la Consejería
competente en materia de juventud, tiene encomendadas entre otras funciones:
- La planificación, programación, organización, seguimiento y evaluación de las
actuaciones en materia de juventud, impulsadas por la Administración de la Junta de
Andalucía, así como la colaboración con otras Administraciones Públicas y Entidades en
el ámbito territorial de nuestra Comunidad Autónoma.
- Fomento de la participación, promoción, información y formación en materia de
juventud.
El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, en su reunión de 19 de abril de
2022, aprobó el I Plan Estratégico de la Juventud 2022-2026, el cual tiene como objeto
ofrecer una respuesta integral a las necesidades de la juventud, abordando los retos
actuales y futuros que se presenten, como consecuencia de un entorno cambiante y de
las demandas de una sociedad en constante evolución.
El Plan se ha elaborado con 21 objetivos estratégicos y 60 programas que se ordenan
en torno a seis ejes: Educación y Formación; Empleo y Emprendimiento; Emancipación
y Vivienda; Fomento de Hábitos Saludables y Prevención de la Violencia; Participación
Juvenil y un último denominado Transversal.
Entre los objetivos estratégicos del Plan Estratégico de la Juventud 2022-2026 figura
en quinto lugar la «Participación Juvenil», el cual se centra en el objetivo estratégico de
aumentar el número de personas jóvenes que participan activamente en el desarrollo
de la sociedad y dentro del cual se enmarca el programa de Censo de Entidades de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00302583

Orden de 23 de mayo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,
por el Instituto Andaluz de la Juventud, a Asociaciones Juveniles, Federaciones
de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras entidades y Grupos
de Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones en materia de
juventud.