Disposiciones generales. . (2024/103-1)
Orden de 22 de mayo de 2024, por la que se modifica la Orden de 2 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la selección de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, para la selección de los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola, y para la concesión de la ayuda preparatoria en el marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (2021-2027), en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Miércoles, 29 de mayo de 2024
página 45572/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 22 de mayo de 2024, por la que se modifica la Orden de 2 de junio
de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la selección de las
Estrategias de Desarrollo Local Participativo, para la selección de los Grupos
de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola, y para la concesión de la
ayuda preparatoria en el marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de
Acuicultura (2021-2027), en Andalucía.
PRE Á MBULO
El nuevo Fondo Europeo Marítimo, Pesquero y de la Acuicultura (en adelante, FEMPA),
regulado por el Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7
de julio de 2021, contempla para el marco financiero plurianual 2021-2027 la concesión de
ayudas encaminadas al cumplimiento de la Política Pesquera Común, la política marítima
de la Unión y los compromisos internacionales de la Unión en el ámbito de los océanos,
constituyendo un instrumento fundamental para la pesca sostenible y la conservación de
los recursos biológicos marinos, para la seguridad alimentaria mediante el suministro de
productos de pescado y marisco, para el crecimiento de una economía azul sostenible y
para unos mares y océanos sanos, protegidos, seguros, limpios y gestionados de manera
sostenible, ayudando con ello al logro del Objetivo de Desarrollo Sostenible 14 de las
Naciones Unidas: Conservar y utilizar sosteniblemente los océanos, los mares y los
recursos marinos.
El FEMPA tiene entre sus prioridades permitir una economía azul sostenible en
las zonas costeras, insulares e interiores, y fomentar el desarrollo de las comunidades
pesqueras y acuícolas. Al amparo de dicha prioridad, el artículo 30 del citado reglamento
europeo, establece que las estrategias de desarrollo local participativo deberán garantizar
que las comunidades situadas en zonas dedicadas a la pesca o la acuicultura aprovechen
mejor las oportunidades que ofrece la economía azul sostenible y se beneficien de ellas
en mayor medida, capitalizando y reforzando los recursos medioambientales, culturales,
sociales y humanos. Dichas estrategias de desarrollo local participativo podrán centrarse
en el sector pesquero o en el sector de la acuicultura o ser más amplias y destinarse a la
diversificación de las comunidades locales.
Al amparo de dicho marco normativo europeo, desde el FEMPA se da cobertura al
desarrollo local participativo mediante la concesión de ayudas que fomenten el desarrollo
de las comunidades pesqueras y acuícolas a través de los Grupos de Acción Local a
que se refiere el artículo 31.2.b) del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 24 de junio de 2021, que desarrollarán Estrategias de Desarrollo
Local Participativo (en adelante, EDLP) centradas en la pesca y la acuicultura, pero
también en la diversificación de las comunidades locales costeras, que garanticen que
dichas comunidades aprovechen mejor las oportunidades que ofrece la economía azul
sostenible y se beneficien de ellas en mayor medida, capitalizando y reforzando los
recursos ambientales, turísticos, patrimoniales, culturales, sociales y humanos.
Para la consecución de este objetivo del FEMPA y para el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, desde la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural se aprueba la Orden de 2 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la selección de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, para
la selección de los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola, y para la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302522
I
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Miércoles, 29 de mayo de 2024
página 45572/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 22 de mayo de 2024, por la que se modifica la Orden de 2 de junio
de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la selección de las
Estrategias de Desarrollo Local Participativo, para la selección de los Grupos
de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola, y para la concesión de la
ayuda preparatoria en el marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de
Acuicultura (2021-2027), en Andalucía.
PRE Á MBULO
El nuevo Fondo Europeo Marítimo, Pesquero y de la Acuicultura (en adelante, FEMPA),
regulado por el Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7
de julio de 2021, contempla para el marco financiero plurianual 2021-2027 la concesión de
ayudas encaminadas al cumplimiento de la Política Pesquera Común, la política marítima
de la Unión y los compromisos internacionales de la Unión en el ámbito de los océanos,
constituyendo un instrumento fundamental para la pesca sostenible y la conservación de
los recursos biológicos marinos, para la seguridad alimentaria mediante el suministro de
productos de pescado y marisco, para el crecimiento de una economía azul sostenible y
para unos mares y océanos sanos, protegidos, seguros, limpios y gestionados de manera
sostenible, ayudando con ello al logro del Objetivo de Desarrollo Sostenible 14 de las
Naciones Unidas: Conservar y utilizar sosteniblemente los océanos, los mares y los
recursos marinos.
El FEMPA tiene entre sus prioridades permitir una economía azul sostenible en
las zonas costeras, insulares e interiores, y fomentar el desarrollo de las comunidades
pesqueras y acuícolas. Al amparo de dicha prioridad, el artículo 30 del citado reglamento
europeo, establece que las estrategias de desarrollo local participativo deberán garantizar
que las comunidades situadas en zonas dedicadas a la pesca o la acuicultura aprovechen
mejor las oportunidades que ofrece la economía azul sostenible y se beneficien de ellas
en mayor medida, capitalizando y reforzando los recursos medioambientales, culturales,
sociales y humanos. Dichas estrategias de desarrollo local participativo podrán centrarse
en el sector pesquero o en el sector de la acuicultura o ser más amplias y destinarse a la
diversificación de las comunidades locales.
Al amparo de dicho marco normativo europeo, desde el FEMPA se da cobertura al
desarrollo local participativo mediante la concesión de ayudas que fomenten el desarrollo
de las comunidades pesqueras y acuícolas a través de los Grupos de Acción Local a
que se refiere el artículo 31.2.b) del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 24 de junio de 2021, que desarrollarán Estrategias de Desarrollo
Local Participativo (en adelante, EDLP) centradas en la pesca y la acuicultura, pero
también en la diversificación de las comunidades locales costeras, que garanticen que
dichas comunidades aprovechen mejor las oportunidades que ofrece la economía azul
sostenible y se beneficien de ellas en mayor medida, capitalizando y reforzando los
recursos ambientales, turísticos, patrimoniales, culturales, sociales y humanos.
Para la consecución de este objetivo del FEMPA y para el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, desde la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural se aprueba la Orden de 2 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la selección de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, para
la selección de los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola, y para la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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