3. Otras disposiciones. . (2024/101-42)
Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de 9 de mayo de 2024, de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Málaga, relativo a la Modificación de elementos del PGOU de Mijas para la implantación de Campo de Golf de Interés Turístico.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Lunes, 27 de mayo de 2024
página 45470/3
Tercero. Objeto y justificación.
La innovación tiene por objeto la modificación del PGOU de Mijas para la implantación
del proyecto de «Valle del Golf Resort», que ha obtenido declaración de Campo de Golf
de Interés Turístico de Andalucía por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 16 de
julio de 2019 (BOJA núm. 139, de 22 de julio de 2019). El proyecto plantea la construcción
de un campo de golf de 18 hoyos y Casa Club, una escuela de golf con tee de prácticas,
un hotel de 5 estrellas con 154 habitaciones, un complejo de apartamentos turísticos
con 350 apartamentos, un centro ecuestre de doma clásica que irá acompañado de un
museo de carruajes y guarnicionería, así como parcelas dotacionales de equipamiento y
espacios libres públicos.
Se propone el cambio de clasificación de una finca conocida como «Cortijo Los
Ortejones», que cuenta con una superficie de 1.044.465 m², una vez descontadas las
superficies correspondientes a los dominios públicos hidráulicos y de carreteras, y que
pasaría de estar clasificada como suelo no urbanizable de carácter natural o rural a
estarlo como suelo urbanizable ordenado. El nuevo sector creado se denomina SUO.R-15
«Valle del Golf Resort», estableciéndose para el mismo un uso global turístico, y siendo
sus lindes las siguientes:
-Al norte, con los cauces de los ríos Ojén y Fuengirola.
-Al sur, con sectores de suelo urbanizable del PGOU (SUP-C10 RT y SUP-C21).
-Al este, con el arroyo Tejones, con la Autopista A-7 y con terrenos de sueno no urbanizable.
-Al oeste, con el arroyo Hinojal y con terrenos de suelo no urbanizable.
Se plantea también la alteración del trazado del sistema general SG.C-3.3 previsto
por el PGOU vigente (Carretera La Cala- Entrerríos), que atraviesa el sector, adecuándolo
al trazado de la carretera existente y a la nueva ordenación prevista, así como
ensanchándolo hasta 26 metros según las directrices marcadas por el Departamento de
Infraestructuras del Ayuntamiento de Mijas, y con objeto de poder cumplir los requisitos
de las dimensiones de acerado, franjas de aparcamiento, doble carril en cada sentido
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302420
-Con fecha 31 de octubre de 2023, tiene entrada en esta Delegación Territorial
oficio del Ayuntamiento de Mijas acompañado de documentación referida a la citada
Modificación de elementos, al objeto de que se proceda a su aprobación definitiva por la
Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo (CTOTU).
-Tras el estudio de la documentación por el Servicio de Urbanismo de esta Delegación
Territorial, se observa que el expediente se encuentra formalmente incompleto,
remitiéndose requerimiento de subsanación al Ayuntamiento en fecha 14 de noviembre
de 2023.
-El 4 de diciembre de 2023, tiene entrada nuevo oficio del Ayuntamiento acompañado
de documentación referida a la subsanación del requerimiento recibido, trasladándose el
7 de diciembre de 2023, oficio por el que se le comunica la consideración de expediente
completo, a efectos del cómputo del plazo de 5 meses previsto en el art. 32.4 de la
LOUA para su resolución, indicándole expresamente que dentro del primer mes del
plazo máximo para resolver podía formularse, por una sola vez, requerimiento para que
subsanase las deficiencias o insuficiencias que presentara el expediente aportado. En
este sentido se le notifica requerimiento al Ayuntamiento el mismo día.
- En fecha 5 de abril de 2024, tiene entrada nuevo oficio del Ayuntamiento acompañado
de documentación referida a la subsanación del requerimiento recibido tras su aprobación
por el Pleno celebrado en fecha 29 de diciembre de 2023. Tras el estudio de la misma
se observa que el expediente se encuentra formalmente incompleto, remitiéndose
requerimiento de subsanación al Ayuntamiento con fecha 10 de abril de 2024.
-El 17 de abril de 2024, tiene entrada nuevo oficio del Ayuntamiento acompañado de
documentación relativa a la subsanación del último requerimiento recibido, remitiéndose
por el Servicio de Urbanismo comunicación de reanudación del plazo para resolver el 23
de abril de 2024.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Lunes, 27 de mayo de 2024
página 45470/3
Tercero. Objeto y justificación.
La innovación tiene por objeto la modificación del PGOU de Mijas para la implantación
del proyecto de «Valle del Golf Resort», que ha obtenido declaración de Campo de Golf
de Interés Turístico de Andalucía por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 16 de
julio de 2019 (BOJA núm. 139, de 22 de julio de 2019). El proyecto plantea la construcción
de un campo de golf de 18 hoyos y Casa Club, una escuela de golf con tee de prácticas,
un hotel de 5 estrellas con 154 habitaciones, un complejo de apartamentos turísticos
con 350 apartamentos, un centro ecuestre de doma clásica que irá acompañado de un
museo de carruajes y guarnicionería, así como parcelas dotacionales de equipamiento y
espacios libres públicos.
Se propone el cambio de clasificación de una finca conocida como «Cortijo Los
Ortejones», que cuenta con una superficie de 1.044.465 m², una vez descontadas las
superficies correspondientes a los dominios públicos hidráulicos y de carreteras, y que
pasaría de estar clasificada como suelo no urbanizable de carácter natural o rural a
estarlo como suelo urbanizable ordenado. El nuevo sector creado se denomina SUO.R-15
«Valle del Golf Resort», estableciéndose para el mismo un uso global turístico, y siendo
sus lindes las siguientes:
-Al norte, con los cauces de los ríos Ojén y Fuengirola.
-Al sur, con sectores de suelo urbanizable del PGOU (SUP-C10 RT y SUP-C21).
-Al este, con el arroyo Tejones, con la Autopista A-7 y con terrenos de sueno no urbanizable.
-Al oeste, con el arroyo Hinojal y con terrenos de suelo no urbanizable.
Se plantea también la alteración del trazado del sistema general SG.C-3.3 previsto
por el PGOU vigente (Carretera La Cala- Entrerríos), que atraviesa el sector, adecuándolo
al trazado de la carretera existente y a la nueva ordenación prevista, así como
ensanchándolo hasta 26 metros según las directrices marcadas por el Departamento de
Infraestructuras del Ayuntamiento de Mijas, y con objeto de poder cumplir los requisitos
de las dimensiones de acerado, franjas de aparcamiento, doble carril en cada sentido
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302420
-Con fecha 31 de octubre de 2023, tiene entrada en esta Delegación Territorial
oficio del Ayuntamiento de Mijas acompañado de documentación referida a la citada
Modificación de elementos, al objeto de que se proceda a su aprobación definitiva por la
Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo (CTOTU).
-Tras el estudio de la documentación por el Servicio de Urbanismo de esta Delegación
Territorial, se observa que el expediente se encuentra formalmente incompleto,
remitiéndose requerimiento de subsanación al Ayuntamiento en fecha 14 de noviembre
de 2023.
-El 4 de diciembre de 2023, tiene entrada nuevo oficio del Ayuntamiento acompañado
de documentación referida a la subsanación del requerimiento recibido, trasladándose el
7 de diciembre de 2023, oficio por el que se le comunica la consideración de expediente
completo, a efectos del cómputo del plazo de 5 meses previsto en el art. 32.4 de la
LOUA para su resolución, indicándole expresamente que dentro del primer mes del
plazo máximo para resolver podía formularse, por una sola vez, requerimiento para que
subsanase las deficiencias o insuficiencias que presentara el expediente aportado. En
este sentido se le notifica requerimiento al Ayuntamiento el mismo día.
- En fecha 5 de abril de 2024, tiene entrada nuevo oficio del Ayuntamiento acompañado
de documentación referida a la subsanación del requerimiento recibido tras su aprobación
por el Pleno celebrado en fecha 29 de diciembre de 2023. Tras el estudio de la misma
se observa que el expediente se encuentra formalmente incompleto, remitiéndose
requerimiento de subsanación al Ayuntamiento con fecha 10 de abril de 2024.
-El 17 de abril de 2024, tiene entrada nuevo oficio del Ayuntamiento acompañado de
documentación relativa a la subsanación del último requerimiento recibido, remitiéndose
por el Servicio de Urbanismo comunicación de reanudación del plazo para resolver el 23
de abril de 2024.