3. Otras disposiciones. . (2024/101-30)
Resolución de 16 de abril de 2024, del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, del Convenio entre el IECA y el INE que tiene por objeto determinar las líneas básicas de cooperación entre ambas instituciones. El convenio se articula en una primera parte donde se recoge la conveniencia de suscribirlo y una segunda donde, por medio de 12 cláusulas, se plantean aspectos relacionados con: objeto, compromisos, difusión, comisión de seguimiento, financiación, modificación, régimen jurídico.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Lunes, 27 de mayo de 2024
página 45494/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Resolución de 16 de abril de 2024, del Instituto de Estadística y Cartografía de
Andalucía, del Convenio entre el IECA y el INE que tiene por objeto determinar
las líneas básicas de cooperación entre ambas instituciones. El convenio se
articula en una primera parte donde se recoge la conveniencia de suscribirlo
y una segunda donde, por medio de 12 cláusulas, se plantean aspectos
relacionados con: objeto, compromisos, difusión, comisión de seguimiento,
financiación, modificación, régimen jurídico.
Con fecha 16 de abril de 2024 se ha suscrito convenio de colaboración entre el Instituto
Nacional de Estadística y el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía para la
cooperación estadística e intercambio de información.
Para general conocimiento y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de dicha Adenda, como anexo
a la presente resolución.
Sevilla, 16 de abril de 2024.- El Director, Manuel Ignacio Castaño Sousa.
CONVENIO SOBRE COOPERACIÓN ESTADÍSTICA E INTERCAMBIO DE
INFORMACIÓN ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y EL
INSTITUTO DE ESTADÍSTICA Y CARTOGRAFÍA DE ANDALUCÍA
REUNIDOS
De una parte, don Carlos Javier Ballano Fernández, Director General de Planificación
Estadística y Procesos del Instituto Nacional de Estadística, nombrado mediante Real
Decreto 835/2022, de 5 de octubre, actuando en representación del citado Instituto, de
conformidad con lo establecido en el apartado primero, punto 1.f), de la Resolución de 24
de octubre de 2022 de la Presidencia del INE, por la que se delegan competencias (BOE
núm. 259, de 28 de octubre).
Y de otra, don Manuel Ignacio Castaño Sousa, Director del Instituto de Estadística
y Cartografía de Andalucía, con CIF: Q9150014J, en virtud de nombramiento efectuado
por el Decreto 318/2022, de 30 de agosto (BOJA núm. 170, de 5 de septiembre), y con
capacidad suficiente para formalizar convenios, en nombre y representación del citado
Instituto a tenor de lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley 4/1989, de 12 de diciembre,
de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 13.c) del Decreto
372/2009, de 17 de noviembre, por el que se regula la organización y funcionamiento del
Sistema Estadístico de Andalucía.
A efectos de este Convenio, la expresión «las partes» designa conjuntamente al
Instituto Nacional de Estadística y al Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía.
Las partes se reconocen mutuamente, en la calidad con que cada uno interviene, la
capacidad legal necesaria para suscribir este Convenio, y a tal efecto
Primero. Que las partes, conscientes de la importancia de mantener y reforzar las
relaciones de cooperación estadística y el intercambio de información de acuerdo con
lo establecido en sus respectivas leyes de estadística, de la forma más adecuada para
el beneficio mutuo, y, sobre todo de los usuarios de las estadísticas oficiales estatales
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302444
E XPONEN
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Lunes, 27 de mayo de 2024
página 45494/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Resolución de 16 de abril de 2024, del Instituto de Estadística y Cartografía de
Andalucía, del Convenio entre el IECA y el INE que tiene por objeto determinar
las líneas básicas de cooperación entre ambas instituciones. El convenio se
articula en una primera parte donde se recoge la conveniencia de suscribirlo
y una segunda donde, por medio de 12 cláusulas, se plantean aspectos
relacionados con: objeto, compromisos, difusión, comisión de seguimiento,
financiación, modificación, régimen jurídico.
Con fecha 16 de abril de 2024 se ha suscrito convenio de colaboración entre el Instituto
Nacional de Estadística y el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía para la
cooperación estadística e intercambio de información.
Para general conocimiento y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de dicha Adenda, como anexo
a la presente resolución.
Sevilla, 16 de abril de 2024.- El Director, Manuel Ignacio Castaño Sousa.
CONVENIO SOBRE COOPERACIÓN ESTADÍSTICA E INTERCAMBIO DE
INFORMACIÓN ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y EL
INSTITUTO DE ESTADÍSTICA Y CARTOGRAFÍA DE ANDALUCÍA
REUNIDOS
De una parte, don Carlos Javier Ballano Fernández, Director General de Planificación
Estadística y Procesos del Instituto Nacional de Estadística, nombrado mediante Real
Decreto 835/2022, de 5 de octubre, actuando en representación del citado Instituto, de
conformidad con lo establecido en el apartado primero, punto 1.f), de la Resolución de 24
de octubre de 2022 de la Presidencia del INE, por la que se delegan competencias (BOE
núm. 259, de 28 de octubre).
Y de otra, don Manuel Ignacio Castaño Sousa, Director del Instituto de Estadística
y Cartografía de Andalucía, con CIF: Q9150014J, en virtud de nombramiento efectuado
por el Decreto 318/2022, de 30 de agosto (BOJA núm. 170, de 5 de septiembre), y con
capacidad suficiente para formalizar convenios, en nombre y representación del citado
Instituto a tenor de lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley 4/1989, de 12 de diciembre,
de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 13.c) del Decreto
372/2009, de 17 de noviembre, por el que se regula la organización y funcionamiento del
Sistema Estadístico de Andalucía.
A efectos de este Convenio, la expresión «las partes» designa conjuntamente al
Instituto Nacional de Estadística y al Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía.
Las partes se reconocen mutuamente, en la calidad con que cada uno interviene, la
capacidad legal necesaria para suscribir este Convenio, y a tal efecto
Primero. Que las partes, conscientes de la importancia de mantener y reforzar las
relaciones de cooperación estadística y el intercambio de información de acuerdo con
lo establecido en sus respectivas leyes de estadística, de la forma más adecuada para
el beneficio mutuo, y, sobre todo de los usuarios de las estadísticas oficiales estatales
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302444
E XPONEN