Autoridades y personal. . (2024/100-29)
Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre, por el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Jaén.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 100 - Viernes, 24 de mayo de 2024
página 44610/9
acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo, en todo lo no previsto en
las bases de la convocatoria.
8.2. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, de acuerdo con
los artículos 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario
y 196.1 del Decreto 230/2003, de 29 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la
Universidad de Jaén, podrá interponerse, potestativamente, en el plazo de un mes desde el
día siguiente a su publicación oficial, recurso de reposición ante el Rector de la Universidad
de Jaén, de acuerdo a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o
igualmente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la indicada publicación
oficial, recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, teniendo en cuenta que no se podrá interponer
este último recurso hasta tanto no se resuelva expresamente el de reposición o se haya
producido su desestimación presunta, en caso de haberlo interpuesto.
8.3. Asimismo, cuantos actos se deriven de esta convocatoria podrán ser impugnados
de acuerdo con lo establecido en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En concreto, las personas que
tengan la consideración de interesadas en el procedimiento podrán interponer recurso de
alzada contra los actos del Tribunal Calificador ante el Rector de la Universidad de Jaén,
en los términos previstos en los artículos 121 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
8.4. El Rector de la Universidad de Jaén podrá, en su caso, proceder a la revisión de
los acuerdos del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Jaén, 8 de mayo de 2024.- El Rector, Nicolás Ruiz Reyes.
ANEXO I
Procedimiento de selección
El proceso selectivo constará de fase de oposición y fase de concurso. Los puntos de
la fase de concurso no podrán aplicarse para superar la fase de oposición.
La puntuación total del proceso selectivo será de 100 puntos, siendo de 60 puntos
para la fase de oposición y de 40 puntos para la fase de concurso. Los ejercicios de la
fase de oposición serán eliminatorios.
Sólo participarán en la fase de concurso aquellos/as aspirantes que hayan superado
todos los ejercicios de los que conste la fase de oposición.
Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de preguntas con respuestas
múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en Bloque A del programa que
se relaciona en el Anexo II de la presente convocatoria, para lo cual no podrán utilizarse
apuntes, documentos o libros para la realización del ejercicio.
El ejercicio estará dirigido a apreciar la idoneidad de las personas aspirantes para el
desempeño de las tareas y funciones propias de las plazas que se convocan mediante el
presente procedimiento selectivo.
La puntuación directa del ejercicio se calcula conforme a la fórmula A-[E/4] (siendo
«A» el número de aciertos y «E» el de errores), de modo que las preguntas no contestadas
y las respuestas anuladas por el interesado no serán objeto de penalización.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00301560
A) Fase de oposición.
La fase de oposición tendrá una puntuación máxima de 60 puntos y estará formada
por los siguientes ejercicios, todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 100 - Viernes, 24 de mayo de 2024
página 44610/9
acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo, en todo lo no previsto en
las bases de la convocatoria.
8.2. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, de acuerdo con
los artículos 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario
y 196.1 del Decreto 230/2003, de 29 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la
Universidad de Jaén, podrá interponerse, potestativamente, en el plazo de un mes desde el
día siguiente a su publicación oficial, recurso de reposición ante el Rector de la Universidad
de Jaén, de acuerdo a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o
igualmente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la indicada publicación
oficial, recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, teniendo en cuenta que no se podrá interponer
este último recurso hasta tanto no se resuelva expresamente el de reposición o se haya
producido su desestimación presunta, en caso de haberlo interpuesto.
8.3. Asimismo, cuantos actos se deriven de esta convocatoria podrán ser impugnados
de acuerdo con lo establecido en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En concreto, las personas que
tengan la consideración de interesadas en el procedimiento podrán interponer recurso de
alzada contra los actos del Tribunal Calificador ante el Rector de la Universidad de Jaén,
en los términos previstos en los artículos 121 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
8.4. El Rector de la Universidad de Jaén podrá, en su caso, proceder a la revisión de
los acuerdos del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Jaén, 8 de mayo de 2024.- El Rector, Nicolás Ruiz Reyes.
ANEXO I
Procedimiento de selección
El proceso selectivo constará de fase de oposición y fase de concurso. Los puntos de
la fase de concurso no podrán aplicarse para superar la fase de oposición.
La puntuación total del proceso selectivo será de 100 puntos, siendo de 60 puntos
para la fase de oposición y de 40 puntos para la fase de concurso. Los ejercicios de la
fase de oposición serán eliminatorios.
Sólo participarán en la fase de concurso aquellos/as aspirantes que hayan superado
todos los ejercicios de los que conste la fase de oposición.
Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de preguntas con respuestas
múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en Bloque A del programa que
se relaciona en el Anexo II de la presente convocatoria, para lo cual no podrán utilizarse
apuntes, documentos o libros para la realización del ejercicio.
El ejercicio estará dirigido a apreciar la idoneidad de las personas aspirantes para el
desempeño de las tareas y funciones propias de las plazas que se convocan mediante el
presente procedimiento selectivo.
La puntuación directa del ejercicio se calcula conforme a la fórmula A-[E/4] (siendo
«A» el número de aciertos y «E» el de errores), de modo que las preguntas no contestadas
y las respuestas anuladas por el interesado no serán objeto de penalización.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00301560
A) Fase de oposición.
La fase de oposición tendrá una puntuación máxima de 60 puntos y estará formada
por los siguientes ejercicios, todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio: