Autoridades y personal. . (2024/100-29)
Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre, por el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Jaén.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 100 - Viernes, 24 de mayo de 2024

página 44610/8

8. Norma final.
8.1. Las personas aspirantes, por el hecho de participar en este proceso selectivo, se
someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte
el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado
para resolver las dudas que se presenten, así como para la adopción interpretativa de los
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00301560

7.3. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de la
puntuación obtenida en la fase de oposición y la obtenida en la fase de concurso.
7.4. Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación definitiva de
personas que han superado el mismo por orden de puntuación, en las que constarán
las calificaciones de los ejercicios de la fase de oposición y la puntuación obtenida en
la fase de concurso, así como la calificación final obtenida. Al efecto de confeccionar
dicha relación, el Tribunal declarará que han superado el proceso selectivo las personas
aspirantes que hayan obtenido las mayores calificaciones finales.
La motivación de la mencionada relación, en cuanto acto administrativo emanado
de la discrecionalidad técnica del Tribunal, y que pone fin al proceso selectivo, estará
referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
En caso de empate en la calificación final, una vez sumadas las puntuaciones
obtenidas en la fase de concurso y oposición, a efectos de determinar las personas
aspirantes que han superado el proceso selectivo, prevalecerá la mayor puntuación
obtenida en la fase de oposición; de persistir la igualdad, se resolverá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida en la fase de concurso. Si tras aplicar estos criterios no se
hubiera resuelto el empate, éste se dirimirá por sorteo.
7.5. El tribunal no podrá proponer el acceso a la condición de personal funcionario
de la Universidad de Jaén, de un número superior de personas aprobadas al de plazas
convocadas, excepto cuando así lo prevea la propia convocatoria, siendo nula de pleno
derecho cualquier actuación en sentido contrario.
No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de igual
número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura
de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de
su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano de
selección relación complementaria de los/as aspirantes que sigan a los propuestos/as, para
su posible nombramiento como funcionarios de carrera, de acuerdo con lo establecido en
el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
7.6. En el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación
en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Universidad de Jaén
(https://sede.ujaen.es/publico/tablon), de la relación de aprobados/as a que se refiere la
base anterior, las personas aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar en el
Servicio de Personal de la Universidad de Jaén, los documentos precisos para acreditar
las condiciones exigidas en la base 2 de la presente convocatoria.
7.7. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen
la documentación o, del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos exigidos en la presente convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios
de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
7.8. Por la autoridad convocante, vista la propuesta del Tribunal Calificador, se
procederá al nombramiento de personal funcionario de carrera, mediante resolución que
se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
7.9. La toma de posesión de las personas seleccionadas se efectuará en el plazo
máximo de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha de publicación de su
nombramiento en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».