Disposiciones generales. . (2024/100-3)
Resolución de 21 de mayo de 2024, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2024 de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de los Programas de Orientación Profesional y Acompañamiento a la Inserción establecidos en el Decreto 85/2003, de 1 de abril, por el que se establecen los Programas para la inserción laboral de la Junta de Andalucía, y regulados en la Orden de 18 de octubre de 2016.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 100 - Viernes, 24 de mayo de 2024

página 45453/9

Acompañamiento a la Inserción regulados por el Decreto 85/2003, de 1 de abril, por el
que se establecen los Programas de Inserción Laboral de la Junta de Andalucía.
Una vez valoradas las solicitudes por los órganos competentes, estos elaborarán de
forma coordinada, una ordenación única, de mayor a menor puntuación total obtenida,
tras la aplicación de los criterios establecidos que incluya tanto las solicitudes de ámbito
provincial como las de ámbito multiprovincial.
La asignación de equipos técnicos se hará por el orden de puntuación total obtenida
tras la valoración de las solicitudes por los órganos competentes contemplados en el
resolutorio octavo de la presente resolución.
Decimotercero. Plazo de resolución y notificación.
1. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución de Concesión a las entidades
beneficiarias será de tres meses a partir del día siguiente al de la finalización del plazo
de presentación de solicitudes, de conformidad con lo establecido en el apartado 16 del
cuadro resumen de las bases reguladoras de la Orden de 18 de octubre de 2016.
2. Las notificaciones y publicaciones de actos que deban realizarse se llevarán a cabo
conforme a lo dispuesto en el apartado 19 del cuadro resumen de las bases reguladoras
de la Orden de 18 de octubre de 2016.
Decimocuarto. Justificación de subvenciones.
La justificación de las subvenciones concedidas se realizará de acuerdo a lo
establecido en el apartado 26 del cuadro resumen de las bases reguladoras de la Orden
de 18 de octubre de 2016.
Decimoquinto. Fin de la vía administrativa.
La resolución de concesión que se dicte pondrá fin al procedimiento y agotará la
vía administrativa. Contra ella podrán las personas o entidades interesadas interponer
potestativamente en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación,
recurso de reposición ante el mismo órgano que las dictó, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses contados a partir
del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.

Decimoséptimo. Entrada en vigor.
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 21 de mayo de 2024.- La Directora Gerente, María Victoria Martín-Lomeña Guerrero.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00302403

Decimosexto. Devolución a iniciativa del perceptor.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 124 quáter del Texto Refundido
de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado mediante
Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, la persona o entidad beneficiaria podrá
realizar la devolución voluntaria de la subvención percibida, debiendo solicitar la carta
de pago al órgano concedente. Asímismo, con anterioridad al inicio del procedimiento
de reintegro, la persona o entidad beneficiaria podrá solicitar la compensación y el
aplazamiento o fraccionamiento con reconocimiento de deuda. Las citadas solicitudes
se podrán presentar mediante el Anexo II, Formulario de Alegaciones, a través de
la Ventanilla Electrónica del Servicio Andaluz de Empleo, en siguiente dirección:
https://ws109.juntadeandalucia.es/vea-web/