Disposiciones generales. . (2024/100-8)
Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se aprueban medidas excepcionales en terrenos forestales para prevenir incendios forestales en épocas de peligro bajo, medio y alto en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 100 - Viernes, 24 de mayo de 2024
página 45400/7
3. Los trabajos de eliminación de residuos comenzarán en las zonas de mayor riesgo
como zonas colindantes con viales y accesos, eliminándose mediante astillado o triturado
conforme se vayan generando. Las astillas o restos de trituración deberán quedar
esparcidos de forma homogénea sobre el terreno, sin que se formen montones. Cuando
en un trabajo forestal contratado con un proyecto de obra se contemple la eliminación de
residuos, se atenderá a lo que recoja el pliego, y en caso de indefinición o inexistencia de
limitaciones se seguirán los condicionantes de la presente resolución.
4. Se minimizará, dentro de lo posible, el tránsito de maquinaria dentro del monte.
V. CONDICIONES ESPECIALES PARA LOS PRODUCTOS EN CARGADERO.
1. En los aprovechamientos de biomasa, las pilas de árboles y copas deberán
permanecer el menos tiempo posible en el monte, lo que dependerá de las condiciones
climáticas y locales. Para asegurar la humedad comercial necesaria podrá esperarse
hasta que los árboles y ramas hayan perdido humedad hasta el 30% (W30) en base
húmeda, lo que suele coincidir con la pérdida de color verde de la mayor parte de las
hojas o acículas. Los desembosques se realizarán de forma correlativa con las cortas
hasta los cargaderos donde se coloquen las pilas.
2. Las trozas de madera apilada no podrán permanecer más de 20 días laborables en
los cargaderos.
3. La biomasa y las trozas de madera se colocarán en pilas separadas cuyas
dimensiones no excederán de los 4 metros de altura y 30 metros de longitud, siempre que
los cargaderos existentes lo permitan. Las pilas deberán guardar entre sí una distancia
mínima de 10 metros.
4. Cuando por motivos de mercado no sea posible la retirada inmediata de la
madera astillada, los montones de astilla deberán estar defendidos por un cortafuegos
sin vegetación de, al menos, 5 metros. Estas pilas podrán permanecer durante un mes
como máximo en el monte. A partir del décimo día deberá notificarse su ubicación al
Centro Operativo Provincial (COP) de referencia y el personal responsable de la empresa
comprobará diariamente el estado de las pilas al atardecer, emitiendo un parte diario.
Dichos partes diarios se remitirán una vez por semana al COP, hasta la retirada de la pila.
En caso de combustión de la pila, la empresa encargada del aprovechamiento deberá
disponer en el terreno de maquinaria pesada (bulldozer, retroexcavadora, etc…) y depósito
de agua con manguera y sistema de impulsión, con el fin de proceder al extendido de las
astillas de la pila y sofocar la combustión con seguridad y eficacia.
5. Se deberán mantener limpios de vegetación los parques de clasificación,
cargaderos y zonas de carga intermedia con una faja perimetral libre de combustible de
una anchura mínima de 5 metros.
VI. AVISOS ANTE CUALQUIER INCIDENCIA.
00302350
Se deberá comunicar, mediante llamada telefónica al 112 y al Centro Operativo
Provincial de referencia, el inicio de cualquier incendio que pueda producirse. En ambos
casos, la empresa adjudicataria deberá trasladar las coordenadas UTM de la zona de
trabajo y deberá habilitar los necesarios medios de comunicación con los operarios que
se encuentren en el área de trabajo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 100 - Viernes, 24 de mayo de 2024
página 45400/7
3. Los trabajos de eliminación de residuos comenzarán en las zonas de mayor riesgo
como zonas colindantes con viales y accesos, eliminándose mediante astillado o triturado
conforme se vayan generando. Las astillas o restos de trituración deberán quedar
esparcidos de forma homogénea sobre el terreno, sin que se formen montones. Cuando
en un trabajo forestal contratado con un proyecto de obra se contemple la eliminación de
residuos, se atenderá a lo que recoja el pliego, y en caso de indefinición o inexistencia de
limitaciones se seguirán los condicionantes de la presente resolución.
4. Se minimizará, dentro de lo posible, el tránsito de maquinaria dentro del monte.
V. CONDICIONES ESPECIALES PARA LOS PRODUCTOS EN CARGADERO.
1. En los aprovechamientos de biomasa, las pilas de árboles y copas deberán
permanecer el menos tiempo posible en el monte, lo que dependerá de las condiciones
climáticas y locales. Para asegurar la humedad comercial necesaria podrá esperarse
hasta que los árboles y ramas hayan perdido humedad hasta el 30% (W30) en base
húmeda, lo que suele coincidir con la pérdida de color verde de la mayor parte de las
hojas o acículas. Los desembosques se realizarán de forma correlativa con las cortas
hasta los cargaderos donde se coloquen las pilas.
2. Las trozas de madera apilada no podrán permanecer más de 20 días laborables en
los cargaderos.
3. La biomasa y las trozas de madera se colocarán en pilas separadas cuyas
dimensiones no excederán de los 4 metros de altura y 30 metros de longitud, siempre que
los cargaderos existentes lo permitan. Las pilas deberán guardar entre sí una distancia
mínima de 10 metros.
4. Cuando por motivos de mercado no sea posible la retirada inmediata de la
madera astillada, los montones de astilla deberán estar defendidos por un cortafuegos
sin vegetación de, al menos, 5 metros. Estas pilas podrán permanecer durante un mes
como máximo en el monte. A partir del décimo día deberá notificarse su ubicación al
Centro Operativo Provincial (COP) de referencia y el personal responsable de la empresa
comprobará diariamente el estado de las pilas al atardecer, emitiendo un parte diario.
Dichos partes diarios se remitirán una vez por semana al COP, hasta la retirada de la pila.
En caso de combustión de la pila, la empresa encargada del aprovechamiento deberá
disponer en el terreno de maquinaria pesada (bulldozer, retroexcavadora, etc…) y depósito
de agua con manguera y sistema de impulsión, con el fin de proceder al extendido de las
astillas de la pila y sofocar la combustión con seguridad y eficacia.
5. Se deberán mantener limpios de vegetación los parques de clasificación,
cargaderos y zonas de carga intermedia con una faja perimetral libre de combustible de
una anchura mínima de 5 metros.
VI. AVISOS ANTE CUALQUIER INCIDENCIA.
00302350
Se deberá comunicar, mediante llamada telefónica al 112 y al Centro Operativo
Provincial de referencia, el inicio de cualquier incendio que pueda producirse. En ambos
casos, la empresa adjudicataria deberá trasladar las coordenadas UTM de la zona de
trabajo y deberá habilitar los necesarios medios de comunicación con los operarios que
se encuentren en el área de trabajo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja