Autoridades y personal. . (2024/100-28)
Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en la escala Técnica de Gestión de la Universidad de Cádiz, mediante turno de promoción interna.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 100 - Viernes, 24 de mayo de 2024

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7. Resultados.
7.1. Tras la realización de cada ejercicio, el Tribunal hará público en la página web del
Área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/) el acuerdo con la relación
provisional de calificaciones. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación en
el plazo de cinco días hábiles, a través del Registro Electrónico de la Universidad de
Cádiz, que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no
presentarse reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
7.2. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público el acuerdo con el
listado provisional de la fase de concurso de las personas aspirantes que hayan superado
aquella, pudiendo publicarse simultáneamente a la del resultado del último ejercicio de
la fase de oposición. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación en el plazo
de cinco días hábiles, a través del Registro Electrónico de la Universidad de Cádiz, que
serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En el caso de no presentarse
reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
7.3. Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público
el acuerdo por el que se publica el listado de aspirantes que han superado el proceso
selectivo, sin que su número pueda superar el de plazas convocadas.
7.4. Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los acuerdos
definitivos del Tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá interponer
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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de los siguientes ejercicios se efectuará en la página web mencionada, con veinticuatro
horas, al menos, de antelación al comienzo de los mismos.
6.2. En cualquier momento, las personas aspirantes podrán ser requeridas por
miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
6.3. Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en único
llamamiento, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los
casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. El orden
de actuación en el que se requiera de una actuación individualizada se iniciará, según
la ordenación alfabética resultante del listado definitivo de admisión y exclusión, por
aquellas personas cuyo primer apellido comience por la letra que corresponda, al día de
publicación de la presente convocatoria, atendiendo al sorteo realizado anualmente por la
Administración General del Estado.
6.4. Si alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo
a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará
condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado
aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del
resto de aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que
deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá
lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso
selectivo.
6.5. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos
exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada deberá
proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo,
las inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de
admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
6.6. Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá
interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la
Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, bien, recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente, conforme a lo
establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.