Disposiciones generales. . (2024/100-5)
Acuerdo de 21 de mayo de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la I Estrategia de Calidad del Sistema Sanitario Público de Andalucía.
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Número 100 - Viernes, 24 de mayo de 2024
página 45402/2
de la salud con el objetivo común de garantizar la equidad, la calidad y la participación
para permitir el acceso a las prestaciones en condiciones de igualdad efectiva; combinar la
innovación con la seguridad y efectividad y evaluar el beneficio de las actuaciones clínicas
incorporando sólo aquello que aporte valor añadido a la mejora de la salud implicando a
todos los actores; y, por último, lograr la participación ciudadana a través del respeto a la
autonomía de sus decisiones individuales y la consideración de sus expectativas. En sus
artículos 28.1 y 29 dispone que las Comunidades Autónomas garantizarán la calidad de
las prestaciones, y que estas garantías de seguridad y calidad serán aplicables a todos
los centros, públicos y privados, siendo responsabilidad de las Administraciones Públicas
sanitarias, para los centros de su ámbito, velar por su cumplimiento.
El Sistema Sanitario Público de Andalucía, en adelante SSPA, es el conjunto de
recursos, medios y actuaciones de las Administraciones sanitarias públicas de la
Comunidad Autónoma orientado a satisfacer el derecho a la protección de la salud a
través de la promoción, la prevención y la atención sanitaria, teniendo como algunos
elementos fundamentales la universalización de la asistencia sanitaria y la prestación de
una atención integral y de calidad.
En este sentido, la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, dispone que la
Consejería competente en materia de salud tiene la responsabilidad de definir las políticas
sanitarias, asignar los recursos y garantizar el derecho a la salud de la ciudadanía en la
Comunidad Autónoma de Andalucía, todo ello bajo los principios de coordinación de las
actuaciones y de los recursos, equidad, eficacia, participación de los ciudadanos y de los
profesionales, mejora de la calidad de los servicios y de utilización eficaz y eficiente de
los recursos sanitarios que sean necesarios para la consecución de sus objetivos. Por
último, en su artículo 44.2.d) se establece que una de las características fundamentales
del SSPA será la prestación de una atención integral de la salud procurando altos
niveles de calidad debidamente evaluados y controlados, atribuyendo a la Administración
sanitaria pública, en su artículo 18.4, actuaciones de control y mejora de la calidad de la
asistencia sanitaria en todos sus niveles.
Asimismo, la Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía, dispone
entre sus fines, recogidos en su artículo 3, promover la calidad integral en la prestación
de los servicios de salud pública.
La pandemia de COVID-19 ha puesto de manifiesto algunos problemas que
afectan a la calidad de la asistencia sanitaria. La dificultad para garantizar el acceso a
determinadas prestaciones en condiciones de igualdad tuvo un importante impacto en la
equidad. Igualmente, la urgencia por disponer de tratamientos y medidas preventivas que
facilitaran la recuperación y prevención de la enfermedad propició, en ocasiones, que se
llevaran a cabo algunas actuaciones de dudoso beneficio y sin contar, en algunos casos,
con las decisiones de los y las pacientes. En este momento, los sistemas sanitarios, de
manera global, soportan las consecuencias de dicho periodo, por lo que es importante
retomar las actuaciones en materia de calidad.
Por tanto, el SSPA afronta el desafío de proseguir el camino de la mejora continua
de la calidad a través de objetivos y actuaciones derivadas de un conjunto de prioridades
de carácter estratégico, en el que se aborden las necesidades que se detecten en el
análisis de situación y que se alineen con las marcadas por la Estrategia de Salud de
Andalucía 2030, como medio indispensable para garantizar una respuesta adecuada a
la población andaluza, reforzando el papel que desempeña la calidad en la sostenibilidad
de dicho sistema. De la misma forma, se crearán sinergias y se tendrán en cuenta las
necesidades en calidad marcadas por los objetivos y actuaciones de la Estrategia de
Salud Digital para impulsar una visión del sistema sanitario como un sistema inteligente y
generador de conocimiento, inserto en una sociedad que aprecia el uso de la ciencia y la
tecnología como fuente de bienestar y de resolución de muchos de sus problemas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302352
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 45402/2
de la salud con el objetivo común de garantizar la equidad, la calidad y la participación
para permitir el acceso a las prestaciones en condiciones de igualdad efectiva; combinar la
innovación con la seguridad y efectividad y evaluar el beneficio de las actuaciones clínicas
incorporando sólo aquello que aporte valor añadido a la mejora de la salud implicando a
todos los actores; y, por último, lograr la participación ciudadana a través del respeto a la
autonomía de sus decisiones individuales y la consideración de sus expectativas. En sus
artículos 28.1 y 29 dispone que las Comunidades Autónomas garantizarán la calidad de
las prestaciones, y que estas garantías de seguridad y calidad serán aplicables a todos
los centros, públicos y privados, siendo responsabilidad de las Administraciones Públicas
sanitarias, para los centros de su ámbito, velar por su cumplimiento.
El Sistema Sanitario Público de Andalucía, en adelante SSPA, es el conjunto de
recursos, medios y actuaciones de las Administraciones sanitarias públicas de la
Comunidad Autónoma orientado a satisfacer el derecho a la protección de la salud a
través de la promoción, la prevención y la atención sanitaria, teniendo como algunos
elementos fundamentales la universalización de la asistencia sanitaria y la prestación de
una atención integral y de calidad.
En este sentido, la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, dispone que la
Consejería competente en materia de salud tiene la responsabilidad de definir las políticas
sanitarias, asignar los recursos y garantizar el derecho a la salud de la ciudadanía en la
Comunidad Autónoma de Andalucía, todo ello bajo los principios de coordinación de las
actuaciones y de los recursos, equidad, eficacia, participación de los ciudadanos y de los
profesionales, mejora de la calidad de los servicios y de utilización eficaz y eficiente de
los recursos sanitarios que sean necesarios para la consecución de sus objetivos. Por
último, en su artículo 44.2.d) se establece que una de las características fundamentales
del SSPA será la prestación de una atención integral de la salud procurando altos
niveles de calidad debidamente evaluados y controlados, atribuyendo a la Administración
sanitaria pública, en su artículo 18.4, actuaciones de control y mejora de la calidad de la
asistencia sanitaria en todos sus niveles.
Asimismo, la Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía, dispone
entre sus fines, recogidos en su artículo 3, promover la calidad integral en la prestación
de los servicios de salud pública.
La pandemia de COVID-19 ha puesto de manifiesto algunos problemas que
afectan a la calidad de la asistencia sanitaria. La dificultad para garantizar el acceso a
determinadas prestaciones en condiciones de igualdad tuvo un importante impacto en la
equidad. Igualmente, la urgencia por disponer de tratamientos y medidas preventivas que
facilitaran la recuperación y prevención de la enfermedad propició, en ocasiones, que se
llevaran a cabo algunas actuaciones de dudoso beneficio y sin contar, en algunos casos,
con las decisiones de los y las pacientes. En este momento, los sistemas sanitarios, de
manera global, soportan las consecuencias de dicho periodo, por lo que es importante
retomar las actuaciones en materia de calidad.
Por tanto, el SSPA afronta el desafío de proseguir el camino de la mejora continua
de la calidad a través de objetivos y actuaciones derivadas de un conjunto de prioridades
de carácter estratégico, en el que se aborden las necesidades que se detecten en el
análisis de situación y que se alineen con las marcadas por la Estrategia de Salud de
Andalucía 2030, como medio indispensable para garantizar una respuesta adecuada a
la población andaluza, reforzando el papel que desempeña la calidad en la sostenibilidad
de dicho sistema. De la misma forma, se crearán sinergias y se tendrán en cuenta las
necesidades en calidad marcadas por los objetivos y actuaciones de la Estrategia de
Salud Digital para impulsar una visión del sistema sanitario como un sistema inteligente y
generador de conocimiento, inserto en una sociedad que aprecia el uso de la ciencia y la
tecnología como fuente de bienestar y de resolución de muchos de sus problemas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302352
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía