Disposiciones generales. . (2024/99-5)
Orden de 10 de mayo de 2024, por la que se convoca para el año 2024 la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la digitalización del control de los usos del agua urbana en redes de abastecimientos de municipios menores de 20.000 habitantes en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 99 - Jueves, 23 de mayo de 2024

página 45231/3

2. La presente convocatoria se rige por lo dispuesto en la Orden de 30 de noviembre
de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones,
en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la digitalización del control
de los usos del agua urbana en redes de abastecimientos de municipios menores de
20.000 habitantes en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
(BOJA núm. 236, de 12 de diciembre de 2023), modificada por corrección de errores
(BOJA núm. 20, de 29 de enero de 2024), y la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la
que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de
la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre de 2019).
3. La información asociada al procedimiento de concesión de «Ayudas a inversiones
para el fomento de la digitalización del control de los usos del agua urbana en redes
de abastecimientos de municipios menores de 20.000 habitantes en el marco del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia» está disponible en el Catálogo de
Procedimientos y Servicios, con el núm. 25315, en el siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/25315.html

ANUALIDAD

Partida presupuestaria

Importes

2024

1400188132 G/51D/76000/00 2023000268 MR02050302

3.840.500 €

2025

1400188132 G/51D/76000/00 2023000268 MR02050302

3.770.500 €

TOTAL

7.611.000 €

2. Para esta convocatoria, cada subvención el porcentaje máximo de la subvención
será del 100% del coste total del presupuesto subvencionable del proyecto (IVA y
otros impuestos excluidos) y la cuantía máxima por subvención será de 100.000 € por
proyecto (actuaciones Tipo A+Tipo B), siempre que las actividades cumplan los requisitos
establecidos en las bases reguladoras.
3. Podrán adquirirse compromisos de gastos de carácter plurianual, de acuerdo con
lo previsto en el artículo 40 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía.
4. De conformidad con lo previsto en el art. 29.2 de la Ley 12/2023, de 26 de
diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024,
en orden al cumplimiento de la normativa reguladora y de los objetivos de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera, se autoriza a los órganos competentes para
conceder subvenciones o ayudas para, con cumplimiento de la normativa reguladora
de las subvenciones, dejar sin efecto las convocatorias que no hayan sido objeto de
resolución de concesión, así como para suspender o no realizar las convocatorias futuras.
5. En todo caso, la concesión de las subvenciones previstas estará limitada por las
disponibilidades presupuestarias existentes. Además del crédito máximo disponible
para esta convocatoria, excepcionalmente, se podrá contar con una cuantía adicional,
cuya aplicación a la concesión no requerirá de una nueva convocatoria, y que podría
incorporarse a la cuantía máxima indicada, con anterioridad a que se dicte la resolución
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00302181

Segundo. Financiación y cuantía de las subvenciones.
1. Las subvenciones objeto de la presente convocatoria se concederán con cargo
a los créditos presupuestarios disponibles de esta Consejería de la siguiente partida
presupuestaria y por la cuantía total máxima de 7.611.000 € siendo financiadas en un
100% a través del Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia aprobado por el
Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021 y publicado por Resolución
de 29 de abril del 2021, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos y Transformación
Digital, y según lo establecido en la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente de 20 de
junio de 2022, atendiendo a la siguiente distribución de los créditos: