Autoridades y personal. . (2024/98-43)
Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Universidad de Málaga, por la que se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el Reglamento 6/2024, de 10 de mayo, por el que se regulan los concursos para la contratación del Personal Docente e Investigador Laboral en la Universidad de Málaga.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 98 - Miércoles, 22 de mayo de 2024
página 45194/12
Disposición adicional sexta.
El comité de empresa tendrá derecho, en los términos reconocidos en el art. 64 del
Estatuto de los Trabajadores:
a) A ser informados trimestralmente sobre las previsiones del empresario de
celebración de nuevos contratos, con indicación del número de estos y de las modalidades
y tipos que serán utilizados.
b) Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa.
c) A recibir la copia básica de los contratos, así como la notificación de las prórrogas
y de las denuncias correspondientes a los mismos en el plazo de diez días siguientes a
que tuvieran lugar.
d) A ser informado y consultado sobre la situación y estructura del empleo en la
empresa o en el centro de trabajo, así como a ser informado trimestralmente sobre la
evolución probable del mismo, incluyendo la consulta cuando se prevean cambios al
respecto.
Disposición adicional séptima.
El Vicerrectorado con competencias en materia de profesorado velará porque se
cumplan los plazos previstos en el artículo 70 TREBEP respecto a los plazos máximos de
ejecución de la oferta de empleo público o instrumento análogo.
Disposición transitoria única.
Hasta la entrada en vigor del listado de especialidades de conocimiento a las que hace
referencia el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, las referencias a las especialidades
de conocimiento contenidas en la presente normativa se entenderán realizadas a las
áreas de conocimiento relacionadas en el Anexo I del Real Decreto 1312/2007, de 5 de
octubre.
Asimismo, hasta la entrada en vigor del listado de especialidades de conocimiento,
la Universidad de Málaga podrá perfilar la descripción de la plaza en los concursos de
acceso a los cuerpos docentes universitarios de acuerdo con la normativa vigente en la
fecha de entrada en vigor del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio.
La existencia de dichas especificaciones, en ningún caso, supondrá, para quien obtenga
la plaza, un derecho de vinculación exclusiva a esa actividad docente e investigadora, ni
limitará la competencia de la Universidad de Málaga para asignarle distintas obligaciones
docentes e investigadoras. En ningún caso se podrá hacer referencia a orientaciones sobre
la formación de los posibles candidatos.
Disposición derogatoria.
A la entrada en vigor del presente reglamento, a efectos de la convocatoria de plazas
aprobadas con posterioridad al mismo por el Consejo de Gobierno, quedan derogados:
- Reglamento que regula la contratación mediante concurso público del Personal
Docente e Investigador en la Universidad de Málaga (Aprobado en Consejo de Gobierno
en su sesión del 19 de julio de 2006 (BOJA 10.8.06), modificado en sesiones del 27 de
octubre de 2014, 27 de febrero de 2015, 25 de julio de 2017, 7 de febrero de 2018 y 21 de
diciembre de 2020).
- El Baremo para la contratación laboral de Profesores Contratados Doctores,
aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga, en su sesión del 5 de
mayo de 2004, modificado en su sesión del 5 de abril de 2006.
00302144
Disposición final.
El presente reglamento entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 98 - Miércoles, 22 de mayo de 2024
página 45194/12
Disposición adicional sexta.
El comité de empresa tendrá derecho, en los términos reconocidos en el art. 64 del
Estatuto de los Trabajadores:
a) A ser informados trimestralmente sobre las previsiones del empresario de
celebración de nuevos contratos, con indicación del número de estos y de las modalidades
y tipos que serán utilizados.
b) Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa.
c) A recibir la copia básica de los contratos, así como la notificación de las prórrogas
y de las denuncias correspondientes a los mismos en el plazo de diez días siguientes a
que tuvieran lugar.
d) A ser informado y consultado sobre la situación y estructura del empleo en la
empresa o en el centro de trabajo, así como a ser informado trimestralmente sobre la
evolución probable del mismo, incluyendo la consulta cuando se prevean cambios al
respecto.
Disposición adicional séptima.
El Vicerrectorado con competencias en materia de profesorado velará porque se
cumplan los plazos previstos en el artículo 70 TREBEP respecto a los plazos máximos de
ejecución de la oferta de empleo público o instrumento análogo.
Disposición transitoria única.
Hasta la entrada en vigor del listado de especialidades de conocimiento a las que hace
referencia el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, las referencias a las especialidades
de conocimiento contenidas en la presente normativa se entenderán realizadas a las
áreas de conocimiento relacionadas en el Anexo I del Real Decreto 1312/2007, de 5 de
octubre.
Asimismo, hasta la entrada en vigor del listado de especialidades de conocimiento,
la Universidad de Málaga podrá perfilar la descripción de la plaza en los concursos de
acceso a los cuerpos docentes universitarios de acuerdo con la normativa vigente en la
fecha de entrada en vigor del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio.
La existencia de dichas especificaciones, en ningún caso, supondrá, para quien obtenga
la plaza, un derecho de vinculación exclusiva a esa actividad docente e investigadora, ni
limitará la competencia de la Universidad de Málaga para asignarle distintas obligaciones
docentes e investigadoras. En ningún caso se podrá hacer referencia a orientaciones sobre
la formación de los posibles candidatos.
Disposición derogatoria.
A la entrada en vigor del presente reglamento, a efectos de la convocatoria de plazas
aprobadas con posterioridad al mismo por el Consejo de Gobierno, quedan derogados:
- Reglamento que regula la contratación mediante concurso público del Personal
Docente e Investigador en la Universidad de Málaga (Aprobado en Consejo de Gobierno
en su sesión del 19 de julio de 2006 (BOJA 10.8.06), modificado en sesiones del 27 de
octubre de 2014, 27 de febrero de 2015, 25 de julio de 2017, 7 de febrero de 2018 y 21 de
diciembre de 2020).
- El Baremo para la contratación laboral de Profesores Contratados Doctores,
aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga, en su sesión del 5 de
mayo de 2004, modificado en su sesión del 5 de abril de 2006.
00302144
Disposición final.
El presente reglamento entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja