3. Otras disposiciones. . (2024/97-58)
Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Universidad de Málaga, por la que se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el Reglamento 5/2024, de 10 de mayo, por el que se regulan los concursos de acceso a Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de Málaga.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 97 - Martes, 21 de mayo de 2024

página 45095/7

Artículo 9. Presentación de los concursantes y entrega de documentación.
1. El Presidente o Presidenta de la Comisión de Selección, una vez realizadas las
consultas oportunas con los restantes miembros de la Comisión, notificará a todos los
aspirantes admitidos al concurso, con una antelación mínima de diez días naturales,
la convocatoria para el acto de presentación, señalando el lugar, fecha y hora de su
celebración, que podrá tener lugar inmediatamente después de la constitución de
la Comisión de Selección y, en ningún caso, exceder de dos días hábiles después de
ésta. Dicha notificación podrá realizarse, a elección del Presidente o Presidenta de la
Comisión, al email facilitado por los aspirantes o mediante su publicación en el Boletín
Oficial de la Universidad de Málaga.
2. En el acto de presentación de los aspirantes en los concursos de acceso a
plazas del cuerpo de Catedráticos/as de Universidad, que tendrá carácter público, los
concursantes serán llamados por orden alfabético y entregarán al Presidente o Presidenta
de la Comisión de Selección la siguiente documentación en formato electrónico:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00302045

2. En caso de que se incumpla el plazo de constitución, el Rector o Rectora procederá
de oficio al nombramiento como Presidente o Presidenta del suplente de la Comisión de
Selección, quien deberá convocar para su constitución a la citada Comisión en un plazo
de treinta días naturales, computados a partir de la notificación de su nombramiento. En
el supuesto de un nuevo incumplimiento del plazo de constitución, el Rector o Rectora
procederá de oficio al nombramiento de un nuevo Presidente o Presidenta, quien deberá
convocar para su constitución a la Comisión de Selección en un plazo de treinta días
naturales desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado de su nombramiento.
3. Para que la Comisión de Selección se constituya válidamente, se precisará la
presencia de la totalidad de sus miembros en el acto de constitución. Los miembros
titulares que no concurrieran al citado acto cesarán y serán sustituidos por sus respectivos
suplentes.
4. En el acto de constitución, la Comisión de Selección concretará y hará público, en
el mismo lugar en el que se celebre el acto, los criterios específicos de evaluación para la
adjudicación de las plazas. La concreción de estos criterios se realizará y se hará público
antes del acto de presentación de los aspirantes.
5. Una vez constituida la Comisión de Selección, para que ésta pueda actuar
válidamente será necesaria la participación de, al menos, tres de sus miembros. En caso
de ausencia del Presidente o Presidenta, actuará como tal el miembro de la Comisión de
más antigüedad en el cuerpo de Catedráticos/as de Universidad y, en su defecto, en el de
Profesores/as Titulares de Universidad. En caso de ausencia del Secretario o Secretaria,
actuará como tal el miembro de menor categoría académica y antigüedad.
6. Los miembros de la Comisión de Selección que estuviesen ausentes en alguna de
las pruebas de evaluación cesarán en su condición de tales a partir de ese momento, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir.
7. Si, una vez constituida la Comisión de Selección, ésta quedara con menos de tres
miembros, el Consejo de Gobierno, conforme a lo estipulado en el Reglamento por el que
se regula la constitución de las comisiones de plazas de personal docente e investigador
de la Universidad de Málaga, procederá a la designación de una nueva Comisión de
Selección, en la que no podrán incluirse los miembros que en la anterior hubiesen cesado
en su condición.
8. La Comisión de Selección podrá celebrar sus reuniones de forma presencial, en
las dependencias de la Universidad de Málaga, virtual, o de forma híbrida, conforme a lo
establecido en el artículo 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público. El Departamento peticionario de la plaza facilitará a las Comisiones de
Selección el apoyo administrativo necesario para la celebración de concurso.