3. Otras disposiciones. . (2024/96-35)
Resolución de 14 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Kickboxing Muaythay y Disciplinas Asociadas.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 96 - Lunes, 20 de mayo de 2024
página 44999/2
Artículo 1. Ámbito subjetivo.
1. El presente Código será de aplicación a la Federación Andaluza de Kickboxing
MuayThai y Disciplinas Asociadas, y podrá ser asumido y adaptado a cualquier entidad
deportiva que a la misma se encuentre adscrita, y que voluntariamente desee suscribirlo
en aras a alcanzar los fines pretendidos.
2. Además, el presente Código afectará a los siguientes órganos de la FAKMDA:
a) Presidente.
b) Junta Directiva.
c) Secretaria General.
d) Personal Administrativo.
e) Clubes y secciones deportivas, deportistas, árbitros, jueces, entrenadores o
técnicos y cualquier persona física o jurídica, que tenga alguna vinculación con la
FAKMDA.
3. Este instrumento se aprueba de acuerdo a los principios generales de legalidad,
eficacia, responsabilidad social y transparencia y, se inserta en el ordenamiento
jurídico general y en el marco jurídico-deportivo establecido en la legislación estatal y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00301949
Por otro lado, el art. 64.1 de la propia Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de
Andalucía, las federaciones deportivas andaluzas deberán adoptar un código en el que
se recojan las prácticas de buen gobierno inspiradas en los principios de democracia
y participación, y preferentemente aquellas que afectan a la gestión y control de todas
las transacciones económicas que efectúen, independientemente de que estas estén
financiadas o no con ayudas públicas.
La Federación Andaluza de Kicboxing, MuayThai y Disciplinas Asociadas (FAKMDA)
ha redactado el presente Código de Buen Gobierno en atención al cumplimiento del
mandato legal, y en él se regula internamente su quehacer cotidiano y que permita que el
mundo exterior vea cómo el deporte andaluz no solo se autorregula, sino que, además,
recoge todos los principios legales europeos, españoles y autonómicos, establecidos en
orden a alcanzar una mayor transparencia y ética en su gestión.
La elaboración de este Código de Buen Gobierno de la FAKMDA va a permitir alcanzar
una óptima integración de la organización federativa en la sociedad que, en ocasiones,
se ha echado en falta por algunos estratos sociales, y aumentar la transparencia sobre
su actuación.
La FAKMDA, en el ejercicio de las funciones que le son propias, reconocidas tanto
en la reglamentación deportiva andaluza como en sus propios Estatutos, y en aras
de promover una mayor responsabilidad y eficacia en su gestión federativa, estima
conveniente la elaboración e implantación de normas dirigidas a regular de forma
sistemática y ordenada el «gobierno corporativo» de la misma, como un instrumento
eficaz y necesario que contribuye a una mayor transparencia en su gestión.
De esta manera, y como una acción prioritaria la FAKMDA no puede sino asumir el
compromiso que se plantea, con la redacción y aprobación del presente Código.
Así pues de acuerdo con el artículo 64 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte
de Andalucía, y en el actual Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por el que se regulan
las Entidades Deportivas de Andalucía, la FAKMDA se compromete a adoptar el
presente Código en el que se van a recoger las prácticas de buen gobierno inspiradas
en los principios de democracia y participación y, preferentemente aquellas que
afectan a la gestión y control de todas las transacciones económicas que se efectúen,
independientemente de que estas estén financiadas o no con ayudas públicas y se
regularán las normas de actuación y los órganos para su control.
Asimismo, el cumplimiento de dicho Código de Buen Gobierno constituirá un criterio
preferente, a efectos de concretar el importe de las ayudas públicas que, la Consejería
competente en materia de deporte pueda conceder en cada ejercicio a la Federación
Andaluza de Kickboxing Muaythai y Disciplinas Asociadas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 96 - Lunes, 20 de mayo de 2024
página 44999/2
Artículo 1. Ámbito subjetivo.
1. El presente Código será de aplicación a la Federación Andaluza de Kickboxing
MuayThai y Disciplinas Asociadas, y podrá ser asumido y adaptado a cualquier entidad
deportiva que a la misma se encuentre adscrita, y que voluntariamente desee suscribirlo
en aras a alcanzar los fines pretendidos.
2. Además, el presente Código afectará a los siguientes órganos de la FAKMDA:
a) Presidente.
b) Junta Directiva.
c) Secretaria General.
d) Personal Administrativo.
e) Clubes y secciones deportivas, deportistas, árbitros, jueces, entrenadores o
técnicos y cualquier persona física o jurídica, que tenga alguna vinculación con la
FAKMDA.
3. Este instrumento se aprueba de acuerdo a los principios generales de legalidad,
eficacia, responsabilidad social y transparencia y, se inserta en el ordenamiento
jurídico general y en el marco jurídico-deportivo establecido en la legislación estatal y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00301949
Por otro lado, el art. 64.1 de la propia Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de
Andalucía, las federaciones deportivas andaluzas deberán adoptar un código en el que
se recojan las prácticas de buen gobierno inspiradas en los principios de democracia
y participación, y preferentemente aquellas que afectan a la gestión y control de todas
las transacciones económicas que efectúen, independientemente de que estas estén
financiadas o no con ayudas públicas.
La Federación Andaluza de Kicboxing, MuayThai y Disciplinas Asociadas (FAKMDA)
ha redactado el presente Código de Buen Gobierno en atención al cumplimiento del
mandato legal, y en él se regula internamente su quehacer cotidiano y que permita que el
mundo exterior vea cómo el deporte andaluz no solo se autorregula, sino que, además,
recoge todos los principios legales europeos, españoles y autonómicos, establecidos en
orden a alcanzar una mayor transparencia y ética en su gestión.
La elaboración de este Código de Buen Gobierno de la FAKMDA va a permitir alcanzar
una óptima integración de la organización federativa en la sociedad que, en ocasiones,
se ha echado en falta por algunos estratos sociales, y aumentar la transparencia sobre
su actuación.
La FAKMDA, en el ejercicio de las funciones que le son propias, reconocidas tanto
en la reglamentación deportiva andaluza como en sus propios Estatutos, y en aras
de promover una mayor responsabilidad y eficacia en su gestión federativa, estima
conveniente la elaboración e implantación de normas dirigidas a regular de forma
sistemática y ordenada el «gobierno corporativo» de la misma, como un instrumento
eficaz y necesario que contribuye a una mayor transparencia en su gestión.
De esta manera, y como una acción prioritaria la FAKMDA no puede sino asumir el
compromiso que se plantea, con la redacción y aprobación del presente Código.
Así pues de acuerdo con el artículo 64 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte
de Andalucía, y en el actual Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por el que se regulan
las Entidades Deportivas de Andalucía, la FAKMDA se compromete a adoptar el
presente Código en el que se van a recoger las prácticas de buen gobierno inspiradas
en los principios de democracia y participación y, preferentemente aquellas que
afectan a la gestión y control de todas las transacciones económicas que se efectúen,
independientemente de que estas estén financiadas o no con ayudas públicas y se
regularán las normas de actuación y los órganos para su control.
Asimismo, el cumplimiento de dicho Código de Buen Gobierno constituirá un criterio
preferente, a efectos de concretar el importe de las ayudas públicas que, la Consejería
competente en materia de deporte pueda conceder en cada ejercicio a la Federación
Andaluza de Kickboxing Muaythai y Disciplinas Asociadas.