Disposiciones generales. . (2024/94-1)
Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2023/2024.
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Número 94 - Jueves, 16 de mayo de 2024
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alumnado de segundo curso de Bachillerato que cumpla los requisitos establecidos en el
artículo 2 de la Orden de 21 de mayo de 2013 para optar a los Premios hasta el día 3 de
junio incluido.
b) La Dirección de los Institutos de Educación Secundaria publicará el día 4 de junio
en el tablón de anuncios del centro docente la relación del alumnado que será propuesto
para la obtención del Premio Extraordinario, mediante la celebración de las pruebas
correspondientes, incluyendo al alumnado citado en el subapartado anterior, conforme al
Anexo I de la Orden de 21 de mayo de 2013. Dicha propuesta se realizará a partir de la
información generada por el Sistema de Información Séneca.
c) El alumnado que figure en la relación elaborada por los Institutos de Educación
Secundaria tendrá de plazo hasta el día 10 de junio incluido para comunicar a la dirección
del centro docente correspondiente, su conformidad con ser propuesto para la realización
de las pruebas selectivas establecidas en el artículo 5 de la Orden de 21 de mayo de
2013, previa autorización de sus padres, madres o quienes ejerzan su tutela legal si
fueran menores de edad; así como el idioma contemplado en la materia de Primera
Lengua Extranjera II y la materia específica obligatoria de la modalidad de Bachillerato
cursadas en segundo curso de esa etapa; todo ello, conforme al modelo que se incluye
en el Anexo II de la mencionada Orden de 21 de mayo de 2013.
d) La Dirección de cada Instituto de Educación Secundaria generará y firmará a
través del Sistema de Información Séneca la propuesta de alumnado que, reuniendo los
requisitos, haya manifestado su deseo de participar en las pruebas selectivas para la
obtención del Premio Extraordinario y será enviada a la persona titular de la Delegación
Territorial con competencias en materia de educación, conforme al Anexo III de la Orden
de 21 de mayo de 2013, hasta el día 12 de junio incluido.
e) Las Delegaciones Territoriales con competencias en materia de educación
comunicarán a la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación
Educativa la información relativa a la composición de los tribunales, el lugar de realización
de las pruebas, así como el número de personas inscritas, el idioma cursado como
Primera Lengua Extranjera II, y la materia específica obligatoria de la modalidad cursada
en segundo curso de Bachillerato, sobre las que realizarán las pruebas, hasta el día 14
de junio incluido.
f) Las pruebas selectivas se celebrarán el día 18 de junio en los lugares señalados por
cada una de las Delegaciones Territoriales con competencias en materia de educación
en sus respectivos tablones de anuncios y páginas web.
g) Los tribunales calificadores constituidos según el artículo 7 de la Orden de 21 de
mayo de 2013, publicarán, teniendo en consideración lo establecido en la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales, las listas provisionales con las calificaciones obtenidas por cada participante
en cada uno de los ejercicios, hasta el día 4 de julio incluido. Dicha publicación deberá
permanecer expuesta en los respectivos tablones de anuncios y páginas web hasta la
terminación del plazo de recurso de alzada al que se refiere el artículo 9 de la Orden de
21 de mayo de 2013.
h) El alumnado podrá presentar las alegaciones que estime oportunas contra las
listas provisionales ante la persona que ostente la presidencia del tribunal calificador, en
el plazo de tres días hábiles, contados a partir del siguiente a aquel en el que se hagan
públicas las mismas. Si el alumnado es menor de edad, lo podrán hacer sus padres,
madres o personas que ejerzan su tutela legal.
i) Los tribunales calificadores publicarán, teniendo en consideración lo establecido
en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, las listas con las calificaciones definitivas,
hasta el 11 de julio incluido. Dicha publicación tendrá carácter exclusivamente informativo,
comunicándose que, a efectos oficiales, no lo será hasta la publicación de la resolución
de concesión dictada por la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación
y Evaluación Educativa, en cumplimiento del art. 9.3 de la Orden de 21 de mayo de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00301749
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 44799/3
alumnado de segundo curso de Bachillerato que cumpla los requisitos establecidos en el
artículo 2 de la Orden de 21 de mayo de 2013 para optar a los Premios hasta el día 3 de
junio incluido.
b) La Dirección de los Institutos de Educación Secundaria publicará el día 4 de junio
en el tablón de anuncios del centro docente la relación del alumnado que será propuesto
para la obtención del Premio Extraordinario, mediante la celebración de las pruebas
correspondientes, incluyendo al alumnado citado en el subapartado anterior, conforme al
Anexo I de la Orden de 21 de mayo de 2013. Dicha propuesta se realizará a partir de la
información generada por el Sistema de Información Séneca.
c) El alumnado que figure en la relación elaborada por los Institutos de Educación
Secundaria tendrá de plazo hasta el día 10 de junio incluido para comunicar a la dirección
del centro docente correspondiente, su conformidad con ser propuesto para la realización
de las pruebas selectivas establecidas en el artículo 5 de la Orden de 21 de mayo de
2013, previa autorización de sus padres, madres o quienes ejerzan su tutela legal si
fueran menores de edad; así como el idioma contemplado en la materia de Primera
Lengua Extranjera II y la materia específica obligatoria de la modalidad de Bachillerato
cursadas en segundo curso de esa etapa; todo ello, conforme al modelo que se incluye
en el Anexo II de la mencionada Orden de 21 de mayo de 2013.
d) La Dirección de cada Instituto de Educación Secundaria generará y firmará a
través del Sistema de Información Séneca la propuesta de alumnado que, reuniendo los
requisitos, haya manifestado su deseo de participar en las pruebas selectivas para la
obtención del Premio Extraordinario y será enviada a la persona titular de la Delegación
Territorial con competencias en materia de educación, conforme al Anexo III de la Orden
de 21 de mayo de 2013, hasta el día 12 de junio incluido.
e) Las Delegaciones Territoriales con competencias en materia de educación
comunicarán a la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación
Educativa la información relativa a la composición de los tribunales, el lugar de realización
de las pruebas, así como el número de personas inscritas, el idioma cursado como
Primera Lengua Extranjera II, y la materia específica obligatoria de la modalidad cursada
en segundo curso de Bachillerato, sobre las que realizarán las pruebas, hasta el día 14
de junio incluido.
f) Las pruebas selectivas se celebrarán el día 18 de junio en los lugares señalados por
cada una de las Delegaciones Territoriales con competencias en materia de educación
en sus respectivos tablones de anuncios y páginas web.
g) Los tribunales calificadores constituidos según el artículo 7 de la Orden de 21 de
mayo de 2013, publicarán, teniendo en consideración lo establecido en la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales, las listas provisionales con las calificaciones obtenidas por cada participante
en cada uno de los ejercicios, hasta el día 4 de julio incluido. Dicha publicación deberá
permanecer expuesta en los respectivos tablones de anuncios y páginas web hasta la
terminación del plazo de recurso de alzada al que se refiere el artículo 9 de la Orden de
21 de mayo de 2013.
h) El alumnado podrá presentar las alegaciones que estime oportunas contra las
listas provisionales ante la persona que ostente la presidencia del tribunal calificador, en
el plazo de tres días hábiles, contados a partir del siguiente a aquel en el que se hagan
públicas las mismas. Si el alumnado es menor de edad, lo podrán hacer sus padres,
madres o personas que ejerzan su tutela legal.
i) Los tribunales calificadores publicarán, teniendo en consideración lo establecido
en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, las listas con las calificaciones definitivas,
hasta el 11 de julio incluido. Dicha publicación tendrá carácter exclusivamente informativo,
comunicándose que, a efectos oficiales, no lo será hasta la publicación de la resolución
de concesión dictada por la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación
y Evaluación Educativa, en cumplimiento del art. 9.3 de la Orden de 21 de mayo de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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