3. Otras disposiciones. . (2024/94-55)
Resolución de 29 de abril de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz, por la que se dispone la publicación de Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz, de fecha 15 de abril de 2024, sobre la Modificación Puntual del PGOU de Algodonales «Cerros y Cimas».
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 94 - Jueves, 16 de mayo de 2024

página 44825/3

Ayuntamiento solicitó el inicio del trámite para la Evaluación Ambiental Estratégica de
la Modificación Puntual del PGOU de Algodonales “Cerros y Cimas” con fecha 14 de
abril de 2021 . En consecuencia, resulta de aplicación el régimen urbanístico establecido
por la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en
adelante LOUA), vigente en el momento de inicio de la tramitación del procedimiento de
la innovación del PGOU de Algodonales propuesta.
Cuarto. El expediente ha sido sometido al procedimiento establecido en los
artículos 32 y 39 de la LOUA, siguiendo la tramitación administrativa que se resume a
continuación:
Aprobación inicial (13/09/2022)
Informe Técnico
Informe Secretario General
Certificación Acuerdo Plenario
Información pública
Tablón de anuncios

12/09/2022
12/09/2022
18/09/2022
12/09/2023 a 13/10/2023

BOP de Cádiz núm. 173

11/09/2023

Periódico La Voz

15/09/2023

Certificado del Secretario General en el que consta que no se
han presentado alegaciones
Informes Sectoriales
D.T. de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.
Incidencia Territorial 22/03/2024
Aprobación Provisional (18/08/2023)
Informe jurídico Secretaría General

19/10/2023

22/03/2024

08/08/2023

Informe técnico

08/08/2023

Certificación acuerdo de Pleno

22/08/2023

Procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica
Solicitud de inicio

14/04/2021

Admisión a trámite

17/05/2021

Documento de alcance

29/04/2022

Declaración ambiental estratégica

20/04/2023

Quinto. Una vez completada la documentación del expediente, el Servicio de
Urbanismo de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
emitió Informe con fecha 25 de marzo de 2024.

Primero. En virtud del artículo 31.2.B de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de
Ordenación Urbanística de Andalucía, la competencia para la aprobación definitiva de
las Innovaciones de los Planes Generales de Ordenación Urbanística corresponde a la
Consejería competente en materia de Urbanismo, la cual, a tenor de lo dispuesto en el
artículo 32.4, debe pronunciarse de forma expresa en el plazo máximo de cinco meses
a contar desde el día siguiente al de la presentación en el registro de dicha Consejería
por el Ayuntamiento interesado del expediente completo, comprensivo del instrumento de
planeamiento y las actuaciones practicadas en el procedimiento de aprobación municipal.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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