Autoridades y personal. . (2024/94-43)
Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo para los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial en las Oficinas Judiciales de Vera y Sanlúcar de Barrameda.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 94 - Jueves, 16 de mayo de 2024

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el plazo de toma de posesión hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria
pública, quedando obligada, en este caso, a comunicarlo al órgano convocante. De
incumplir este deber de comunicación, deberá tomar posesión en el primero de los
destinos adjudicados.
Décima. Resolución y tomas de posesión.
1. El concurso se resolverá en el plazo máximo de seis meses, contados desde
el siguiente al de finalización de la presentación de solicitudes, de conformidad con el
artículo 51.3 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, y la
resolución se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
La resolución se motivará de acuerdo con lo previsto en el artículo 51.4 del citado
Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del
Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia.
2. La resolución deberá expresar el puesto de origen del personal interesado a quien
se adjudique destino.
3. El plazo de toma de posesión será el determinado en el artículo 52 del Reglamento
de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal
Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia.
4. En los casos en que se participe desde una situación que conlleve reserva de
puesto y se obtenga un puesto en el presente concurso, el personal funcionario afectado
podrá optar entre incorporarse al puesto adjudicado o permanecer en dicha situación,
entendiéndose, en este último caso, que la reserva pasa a serlo del puesto adjudicado.
5. La toma de posesión efectiva de dichos puestos no se producirá hasta la puesta en
funcionamiento de las Oficinas Judiciales de Vera y Sanlúcar de Barrameda, cuya fecha
se determinará mediante Resolución de la Secretaría General de Servicios Judiciales.
6. Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se considerará como de servicio
activo a todos los efectos, excepto en los supuestos de reingreso al servicio activo desde
una situación que conlleve reserva del puesto de trabajo.
Undécima. Recursos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de este orden, de conformidad
con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente
a la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
Todo ello sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de reposición, ante la
Secretaría General de Servicios Judiciales, en el plazo de un mes contado a partir del
día siguiente a su publicación, conforme lo dispuesto en el artículo 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre.

00301772

Sevilla, 10 de mayo de 2024.- La Secretaria General, Rosalía de los Ángeles Espinosa López.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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