3. Otras disposiciones. . (2024/94-54)
Orden de 7 de mayo de 2024, por la que se delegan competencias en las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, en materia de subvenciones excepcionales del programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio regulado en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, previa avocación de las competencias delegadas por Orden de 10 de noviembre de 2021, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería y se determina la composición de las mesas de contratación, las comisiones técnicas y las oficinas de supervisión de proyectos.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 94 - Jueves, 16 de mayo de 2024
página 44853/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
El Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda
en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, tiene por finalidad regular los programas de ayuda en los
ámbitos de la rehabilitación residencial y la construcción de vivienda social, estableciendo
la regulación de un total de seis programas de ayuda. En materia de rehabilitación
residencial y encuadrado en la inversión C02.I01, se contempla en su Capítulo II el
Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio (Programa 1)
que, de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 9, tiene por objeto la financiación de
la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios de uso predominante
residencial y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares, y de urbanización o
reurbanización de espacios públicos dentro de ámbitos de actuación denominados
Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (en adelante ERRP), previamente
delimitados en municipios de cualquier tamaño de población.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 12 del Real Decreto 853/2021, de 5 de
octubre, el desarrollo de cada una de las propuestas de actuaciones seleccionadas
requiere, además de la previa delimitación por el Ayuntamiento del ERRP objeto de las
actuaciones, el acuerdo de la comisión bilateral entre el Ministerio de Vivienda y Agenda
Urbana y la Comunidad Autónoma de Andalucía, con la participación del Ayuntamiento
correspondiente. Forma parte del contenido de dicho acuerdo la definición de las
actuaciones subvencionables de rehabilitación de edificios de uso predominantemente
residencial a desarrollar en el ERRP y, en su caso, las actuaciones subvencionables de
regeneración urbana, mediante urbanización o reurbanización de espacios públicos, y de
establecimiento de una oficina de rehabilitación que facilite la gestión y el desarrollo de
las actuaciones programadas en el ERRP.
De conformidad con lo previsto en el artículo 4.2 del Real Decreto 853/2021,
de 5 de octubre, una vez suscritos los acuerdos de comisión bilateral para los ERRP
seleccionados, corresponde a los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de
Andalucía la tramitación y resolución de los procedimientos de concesión y pago de las
ayudas, así como la gestión del abono de las subvenciones una vez se haya reconocido
el derecho de las personas y entidades destinatarias últimas a obtenerlas dentro de
las condiciones y límites establecidos en el citado Real Decreto para cada Programa y
conforme a lo dispuesto en la correspondiente resolución de transferencia de crédito.
En su artículo 16, el referido real decreto establece que las subvenciones
correspondientes a este programa se podrán conceder de forma directa conforme a
lo establecido en el artículo 22.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00301802
Orden de 7 de mayo de 2024, por la que se delegan competencias en las
personas titulares de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, en materia de subvenciones
excepcionales del programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel
de barrio regulado en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que
se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y
vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, previa
avocación de las competencias delegadas por Orden de 10 de noviembre
de 2021, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la
Consejería y se determina la composición de las mesas de contratación, las
comisiones técnicas y las oficinas de supervisión de proyectos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 94 - Jueves, 16 de mayo de 2024
página 44853/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
El Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda
en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, tiene por finalidad regular los programas de ayuda en los
ámbitos de la rehabilitación residencial y la construcción de vivienda social, estableciendo
la regulación de un total de seis programas de ayuda. En materia de rehabilitación
residencial y encuadrado en la inversión C02.I01, se contempla en su Capítulo II el
Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio (Programa 1)
que, de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 9, tiene por objeto la financiación de
la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios de uso predominante
residencial y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares, y de urbanización o
reurbanización de espacios públicos dentro de ámbitos de actuación denominados
Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (en adelante ERRP), previamente
delimitados en municipios de cualquier tamaño de población.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 12 del Real Decreto 853/2021, de 5 de
octubre, el desarrollo de cada una de las propuestas de actuaciones seleccionadas
requiere, además de la previa delimitación por el Ayuntamiento del ERRP objeto de las
actuaciones, el acuerdo de la comisión bilateral entre el Ministerio de Vivienda y Agenda
Urbana y la Comunidad Autónoma de Andalucía, con la participación del Ayuntamiento
correspondiente. Forma parte del contenido de dicho acuerdo la definición de las
actuaciones subvencionables de rehabilitación de edificios de uso predominantemente
residencial a desarrollar en el ERRP y, en su caso, las actuaciones subvencionables de
regeneración urbana, mediante urbanización o reurbanización de espacios públicos, y de
establecimiento de una oficina de rehabilitación que facilite la gestión y el desarrollo de
las actuaciones programadas en el ERRP.
De conformidad con lo previsto en el artículo 4.2 del Real Decreto 853/2021,
de 5 de octubre, una vez suscritos los acuerdos de comisión bilateral para los ERRP
seleccionados, corresponde a los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de
Andalucía la tramitación y resolución de los procedimientos de concesión y pago de las
ayudas, así como la gestión del abono de las subvenciones una vez se haya reconocido
el derecho de las personas y entidades destinatarias últimas a obtenerlas dentro de
las condiciones y límites establecidos en el citado Real Decreto para cada Programa y
conforme a lo dispuesto en la correspondiente resolución de transferencia de crédito.
En su artículo 16, el referido real decreto establece que las subvenciones
correspondientes a este programa se podrán conceder de forma directa conforme a
lo establecido en el artículo 22.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00301802
Orden de 7 de mayo de 2024, por la que se delegan competencias en las
personas titulares de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, en materia de subvenciones
excepcionales del programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel
de barrio regulado en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que
se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y
vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, previa
avocación de las competencias delegadas por Orden de 10 de noviembre
de 2021, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la
Consejería y se determina la composición de las mesas de contratación, las
comisiones técnicas y las oficinas de supervisión de proyectos.