3. Otras disposiciones. . (2024/92-43)
Resolución de 7 de mayo de 2024, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Cudeca y su traslado a la Administración General del Estado.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 92 - Martes, 14 de mayo de 2024

página 44643/2

Tercero. La modificación estatutaria acordada por el patronato de la fundación,
en lo referente al ámbito territorial de actuación de la fundación, pasando del ámbito
territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía al ámbito del territorio nacional,
implica la desafectación de la fundación del Protectorado de Fundaciones de Andalucía
y cancelación de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía, por lo que
procede el traslado de la documentación relativa a los actos inscritos de la fundación al
órgano competente de la Administración General del Estado.
Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.b) y n) del Reglamento de
Organización y Funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por
Decreto 279/2003, de 7 de octubre, deberán inscribirse en dicho Registro, la modificación
o nueva redacción de los estatutos de la Fundación, así como todos los actos que estén
sujetos a comunicación del Protectorado.
Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el
ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas, regulado en la Ley 10/2005,
de 31 de mayo, y el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como las funciones del
Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, de 7 de
octubre, y todo ello de acuerdo con los artículos 1.i) y 11.5 del Decreto 164/2022, de 9
de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública, vistos los preceptos legales citados y demás de
pertinente aplicación,
RESU ELV E
Primero. Inscribir la modificación de los estatutos de la Fundación Cudeca en el
Registro de Fundaciones de Andalucía, formalizados en escritura pública otorgada el
28.9.2023, ante doña Amelia Marín García, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía,
registrada con el número 1.441 de su protocolo, rectificada mediante diligencia de
subsanación por doña María Nieves García Inda, como sustituta por imposibilidad
accidental de doña Amelia Marín García, con fecha 17.4.2024.
Segundo. Ordenar el traslado del expediente de la Fundación al órgano competente
de la Administración General del Estado, e inscribir su baja en el Registro de Fundaciones
de Andalucía, una vez se haya procedido a la inscripción de dicha Fundación en el
correspondiente registro estatal.
Tercero. Ordenar la notificación de la presente resolución a la Fundación y su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 7 de mayo de 2024.- El Director General, Esteban Rondón Mata.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00301593

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del
Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la persona titular de la
Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.