Disposiciones generales. . (2024/91-10)
Resolución de 7 de mayo de 2024, de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan los Premios Juventud Andaluza en su edición 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 91 - Lunes, 13 de mayo de 2024

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reconocimiento público a la labor desarrollada por personas jóvenes que, por su dedicación
en su trabajo y su implicación personal, ponen de manifiesto su compromiso en distintos
ámbitos de la sociedad; así como a la labor y trayectoria de colectivos y entidades que,
en sus respectivos ámbitos de actividad, realizan un trabajo o una actividad relevante que
repercute de forma positiva en el desarrollo de la juventud de Andalucía.

Tercero. Modalidades.
1. Los Premios Juventud Andaluza constan de las siguientes modalidades:
a) Emprendimiento Juvenil. Consta de 2 categorías:
- Emprendimiento Empezar. Reconocimiento a empresas o proyectos de negocio
acometidos por jóvenes, que estén constituidos, con una antigüedad máxima de tres años
y que destaquen por sus valores, originalidad, innovación y/o creatividad o contribución al
incremento de la actividad económica.
- Emprendimiento Trayectoria. Reconocimiento a empresas o proyectos de negocio
acometidos por jóvenes, que estén constituidos, con una antigüedad superior a tres años
y con una trayectoria empresarial relevante.
b) Arte y Cultura. Reconocimiento a la trayectoria de jóvenes o proyectos acometidos
mayoritariamente por jóvenes que, a través de su acción en el área de las artes y la
cultura, destaquen por su proyección y/o hayan contribuido a la transmisión de valores.
c) Deporte. Reconocimiento a la trayectoria de jóvenes o proyectos acometidos
mayoritariamente por jóvenes que, a través de su acción en el área del deporte, destaquen
por su proyección y/o hayan contribuido a la transmisión de valores.
d) Ciencia e Investigación, Innovación y Tecnología. Reconocimiento a iniciativas o
actuaciones desarrolladas por jóvenes o proyectos acometidos mayoritariamente por
jóvenes en el ámbito de la ciencia e investigación, la innovación o la tecnología.
e) Respeto a la igualdad y a la diversidad sexual y/o de género. Reconocimiento a
jóvenes, grupos de jóvenes o proyectos acometidos mayoritariamente por jóvenes que
promuevan e impulsen la igualdad entre hombres y mujeres y/o el respeto a la diversidad
sexual y/o de género.
f) Desarrollo Sostenible. Reconocimiento a actuaciones realizadas por jóvenes,
grupos de jóvenes y/o proyectos acometidos mayoritariamente por jóvenes, capaces
de satisfacer las necesidades actuales sin comprometer los recursos y posibilidades de
las futuras generaciones, garantizando el equilibrio entre el crecimiento económico, el
bienestar social y el respeto y cuidado del medio ambiente.
g) Promoción de la Inclusión Sociolaboral de Personas Jóvenes con Discapacidad.
Reconocimiento a actuaciones realizadas por jóvenes, grupos de jóvenes y/o proyectos
acometidos mayoritariamente por personas jóvenes que promocionen la inserción socio
laboral de personas jóvenes con discapacidad, para que puedan alcanzar su máximo
nivel de desarrollo personal y profesional.
2. Mención honorífica «Municipio Joven del año» al municipio que, a propuesta y juicio
del jurado, haya destacado en la realización de programas y actuaciones en materia de
juventud en los 12 meses anteriores a esta convocatoria. Podrá ser elegido cualquier
municipio calificado, en el momento de esta convocatoria, como «Municipio Joven de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Segundo. Destinatarios.
1. Los Premios Juventud Andaluza están dirigidos a personas jóvenes andaluzas
o residentes en Andalucía, a colectivos o entidades compuestas en su mayoría por
personas jóvenes y, en la modalidad de Empleabilidad Juvenil, a entidades, empresas,
organizaciones e instituciones, que destaquen en la consecución del objetivo previsto en
el resuelve primero de la presente convocatoria.
2. A los efectos de la presente resolución, con carácter general, se entiende por
jóvenes a las personas con edades comprendidas entre catorce y treinta y cinco años, en
la fecha en la que finalice el plazo para la presentación de las candidaturas.