Disposiciones generales. . (2024/91-6)
Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Dirección General de Comercio, por la que se convocan, para el ejercicio 2024, las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva destinadas a impulsar el asociacionismo comercial y artesano, a promocionar y dinamizar el pequeño comercio urbano y a promocionar la artesanía en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 91 - Lunes, 13 de mayo de 2024

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de diseñar un sistema de recogida de indicadores. En todo caso, los indicadores relativos
al número de personas destinatarias de las acciones han de desagregarse por sexo. Para
la presente convocatoria la batería mínima de indicadores a recabar para cada tipo de
actuación será la siguiente:
Indicador
Núm. de personas asistentes desagregadas por sexo.
Núm. de personas participantes desagregadas por sexo.

Edición de revistas o catálogos en formato papel o digital.

Núm. de personas o entidades a las que se ha hecho llegar la
revista o catálogo. En el caso de personas desagregadas por
sexo.

Actuaciones de dinamización
(en las que sea posible contabilizar las personas).

Núm. de personas participantes desagregadas por sexo.

Desarrollo de acciones de fidelización de la clientela.
Incentivación del consumo a través de la adquisición de bonos
consumo «ACÁ».
Actuaciones de señalización comercial externa.
Organización de ferias u otros eventos de promoción de la
artesanía y/o comercialización de productos artesanos.

Núm. de personas beneficiadas por la actuación desagregadas
por sexo.
Núm. de personas beneficiadas por la actuación desagregadas
por sexo.
Núm. de establecimientos en los que se ha instalado un
elemento de señalización.
Núm. de empresas que han participado.
Núm. de personas participantes en el evento.

Sexto. Entidades beneficiarias.
1. De acuerdo con el artículo 4 de las bases reguladoras, pueden participar en esta
convocatoria las siguientes entidades:
a) Entidades asociativas de comerciantes, ya sea bajo la figura de asociación,
federación, confederación o unión de asociaciones, que podrán solicitar subvención para
las actuaciones de las líneas 1 y 2. A los efectos de estas subvenciones se distinguen las
siguientes categorías:
1.º Las entidades creadas exclusivamente para la defensa de los intereses de las
empresas comerciales y que entre sus asociados sólo cuenten con empresas dedicadas
al comercio, incluido comercio ambulante y comercio en plazas de abastos.
2.º Las entidades mixtas, que son aquellas que entre sus asociados, ya sea de
forma directa como el caso de las asociaciones, o bien indirecta como las federaciones
o confederaciones, además de empresas dedicadas al sector comercial, cuentan con
empresas pertenecientes a otros sectores de actividad como la hostelería o los servicios,
siempre que el número de socios dedicados al sector comercial represente al menos el
30% del número total de socios.
A los efectos de lo previsto en este apartado, se considera empresa de comercio
a aquella empresa que desarrolle alguna actividad encuadrada dentro de las
agrupaciones 61 a 66 del Impuesto de Actividades Económicas.
Para participar en la convocatoria se exige una representatividad mínima, que se
medirá en atención al número de empresas asociadas con que cuente la entidad, ya
sea de forma directa, como en el caso de las asociaciones, o bien forma indirecta, como
en el supuesto de las federaciones o confederaciones, conforme a la siguiente escala:
asociaciones de mercados municipales de abastos: Mínimo 15 empresas asociadas;
asociaciones de ámbito local: mínimo 35 empresas asociadas; asociaciones de ámbito
provincial y regional: mínimo 50 empresas asociadas. Para el cómputo de los asociados,
en el caso de empresas que cuenten con varios establecimientos comerciales, cada
establecimiento contará como un asociado.
b) Las entidades promotoras de Centros Comerciales Abiertos que cuenten con
el reconocimiento de la Administración de la Junta de Andalucía, que podrán solicitar
subvención para las actuaciones de las líneas 1 y 2.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Tipo de actuación
Organización de jornadas, congresos o seminarios.
Organización y desarrollo de jornadas, talleres o acciones
formativas.