3. Otras disposiciones. . (2024/91-34)
Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se da publicidad al Convenio Tipo a suscribir entre la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública y las Universidades públicas andaluzas para la realización de prácticas académicas externas en los servicios de cooperación con la justicia (Servicio de Asistencia a Víctimas en Andalucía, Puntos de Encuentro Familiar y Puntos de Información para la Mediación en Andalucía) y el Convenio Tipo a suscribir entre la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública y las Universidades públicas andaluzas para la realización de prácticas externas, en centros y servicios de justicia juvenil de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la realización de prácticas externas, en centros y servicios de justicia juvenil de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 91 - Lunes, 13 de mayo de 2024

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de las prácticas como las informaciones a las que tengan acceso con ocasión de éstas,
contengan los datos de forma disociada.
La Universidad de .................... se responsabiliza del cumplimiento de las
disposiciones de las mencionadas normas en materia de protección de datos, prestando
especial atención en lo relativo a la recogida, tratamiento y acceso a los datos y ficheros
automatizados que contengan datos de carácter personal, así como a la implementación
de las medidas de seguridad precisas para que se garantice la seguridad de los datos de
carácter personal recogidos.
Las partes firmantes, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la legislación sobre
responsabilidad penal de menores, establecerán de común acuerdo la forma de dar
publicidad a las actividades realizadas, con el compromiso de no dar a conocer la imagen
o identidad personal de menores ni transmitir los datos obtenidos en el desarrollo de
la actividad para estudios, publicaciones, trabajos de investigación, charlas, coloquios o
conferencias, sin disociarlos de la persona concreta a la que pertenecen de modo que
ésta ni siquiera aparezca como identificable.
Séptima. Financiación.
El presente convenio no conlleva obligaciones financieras ni contraprestación
económica para ninguna de las partes.
Octava. Obligaciones en materia de Seguridad Social.
En cuanto a las obligaciones en materia de Seguridad Social, se estará a lo dispuesto
en el Convenio entre la Administración de la Junta de Andalucía y las Universidades de
Sevilla, Granada, Córdoba, Málaga, Cádiz, Jaén, Huelva, Almería, Pablo de Olavide
de Sevilla e Internacional de Andalucía, para articular la inclusión en el sistema de la
Seguridad Social del alumnado que realice prácticas formativas o prácticas académicas
externas no remuneradas incluidas en programas de formación, suscrito en fecha 12 de
enero de 2024, a tenor de lo establecido en su cláusula primera, apartado 3.
En el referido convenio, la cláusula segunda determina que «en el supuesto de
alumnos universitarios que hacen prácticas formativas o prácticas académicas externas
no remuneradas incluidas en programas de formación en las Consejerías y entidades
adscritas, el centro de formación universitario responsable de la oferta formativa será
el responsable del cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social, asumiendo
la condición de empresario, y por tanto, las obligaciones establecidas en la disposición
adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre».

Décima. Comisión de Seguimiento y Control.
Para el adecuado seguimiento, coordinación, control e interpretación de lo establecido
en el presente convenio se crea una Comisión de Seguimiento y Control paritaria,
integrada por cuatro miembros (dos designados por cada una de las partes firmantes).
Así, la Presidencia y la secretaría se ejercerán de forma alternativa por cada una de las
partes, siendo la duración de cada turno de dos años.
En su sesión constitutiva, además de fijar los criterios básicos de su funcionamiento,
los miembros de la Comisión de Seguimiento y Control elegirán a la parte que ejercerá la
Presidencia y la Secretaría, iniciándose así el turno de los dos años de alternancia antes
citado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00301527

Novena. Difusión.
La Universidad de .................... se compromete a destacar en su Memoria anual y
en cuantas acciones realice para difusión de las actividades objeto de este convenio,
la colaboración prestada por la Junta de Andalucía, los centros o servicios de justicia
juvenil, con independencia de los derechos de propiedad intelectual que corresponden a
las personas autoras de los trabajos, estudios e informes realizados según lo establecido
en la vigente normativa reguladora del derecho de la propiedad intelectual.