3. Otras disposiciones. . (2024/90-43)
Resolución de 22 de abril de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz, de fecha 15 de abril 2024, sobre la Modificación Puntual del PGOU de Algodonales Cerros y Cimas.
5 páginas totales
Página
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 90 - Viernes, 10 de mayo de 2024

página 44470/3

abril de 2021 . En consecuencia, resulta de aplicación el régimen urbanístico establecido
por la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en
adelante LOUA), vigente en el momento de inicio de la tramitación del procedimiento de
la innovación del PGOU de Algodonales propuesta.
Cuarto. El expediente ha sido sometido al procedimiento establecido en los
artículos 32 y 39 de la LOUA, siguiendo la tramitación administrativa que se resume a
continuación:
Aprobación inicial (13/09/2022)
Informe técnico

12/09/2022

Informe secretario general

12/09/2022

Certificación acuerdo plenario

18/09/2022

Información pública
Tablón de anuncios

12/09/2023 a 13/10/2023

BOP de Cádiz nº173

11/09/2023

Periódico La Voz

15/09/2023

Certificado del Secretario General en el que
consta que no se han presentado alegaciones

19/10/2023

Informes Sectoriales
D.T. de Fomento, Articulación del Territorio y
Vivienda. Incidencia Territorial 22/03/2024

22/03/2024

Aprobación Provisional (18/08/2023)
Informe jurídico Secretaría General

08/08/2023

Informe técnico

08/08/2023

Certificación acuerdo de Pleno

22/08/2023

Procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica
Solicitud de Inicio

14/04/2021

Admisión a trámite

17/05/2021

Documento de alcance

29/04/2022

Declaración ambiental estratégica

20/04/2023

Quinto. Una vez completada la documentación del expediente, el Servicio de
Urbanismo de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
emitió Informe con fecha 25 de marzo de 2024.

Primero. En virtud del artículo 31.2.B) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de
Ordenación Urbanística de Andalucía, la competencia para la aprobación definitiva de
las Innovaciones de los Planes Generales de Ordenación Urbanística corresponde a la
Consejería competente en materia de Urbanismo, la cual, a tenor de lo dispuesto en el
artículo 32.4, debe pronunciarse de forma expresa en el plazo máximo de cinco meses,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00301420

FUNDAMENTOS DE DERECHO