Disposiciones generales. . (2024/89-1)
Orden de 29 de abril de 2024, por la que se convocan para el año 2024, las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, en relación con la parada temporal de la actividad pesquera de las personas mariscadoras dedicadas a la captura de las especies denominadas erizo de mar común (Paracentrotus lividus) y anémona marina (Anemonia viridis), como consecuencia del cierre de dichas pesquerías en el litoral mediterráneo de Andalucía, debido a la situación crítica de sus poblaciones y el impacto generado por la invasión del alga Rugulopteryx okamurae, acordada en la Orden de 17 de octubre de 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 89 - Jueves, 9 de mayo de 2024

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6. Las personas interesadas podrán autorizar por escrito a una de las entidades
habilitadas reconocidas al amparo de la Orden de 5 de julio de 2022 y de la Orden de
28 de septiembre de 2022 por las que se efectúan las convocatorias para la habilitación
de entidades representativas del sector pesquero y acuícola al amparo de la Orden de
21 de octubre de 2019, por la que se regula el procedimiento para la habilitación de
entidades para la presentación y tramitación electrónica de las solicitudes de todo tipo de
subvenciones y ayudas, y se convoca procedimiento de habilitación para determinadas
submedidas del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, para que efectúe
los trámites establecidos.
Dicha habilitación es conforme a lo establecido en el artículo 5.7 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, que contempla la posibilidad de que las Administraciones Públicas puedan
habilitar a personas físicas o jurídicas autorizadas para la realización de determinadas
transacciones electrónicas en representación de las personas interesadas.
7. La relación de Entidades Habilitadas reconocidas, sus sedes físicas y horario
de asistencia se encuentra disponible en el código de procedimiento 18340, en el
siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica de la
Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/18340
8. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a contar
desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Tercero. Trámite de audiencia o aceptación de la ayuda.
1. A efectos del trámite de audiencia o aceptación de la ayuda previstos en el artículo
15 de la Orden de 2 de septiembre de 2022, la persona solicitante o beneficiaria de la
ayuda deberá cumplimentar el modelo que figura como Anexo II adjunto a esta orden de
convocatoria, y que podrá encontrarse en el enlace del Catálogo de Procedimientos y
Servicios de la Sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía, indicado
en el apartado 7 del resuelvo primero.
2. Este formulario se presentará en la forma inidcada en el apartado 3 del resuelvo
segundo.

Quinto. Anexos.
1. Se incluyen junto a la presente orden los formularios siguientes:
a) Anexo I: Formulario de solicitud.
b) Anexo II: Formulario de alegaciones/aceptación y presentación de documentos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00301336

Cuarto. Resolución.
1. La persona titular de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por delegación
de la persona titular de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,
resolverá y notificará la resolución en un plazo de tres meses, computándose dicho plazo
a partir del día siguiente al de la fecha de la presentación de la solicitud de ayuda. Si
transcurrido dicho plazo no hubiera recaído resolución expresa, las personas interesadas
podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo, de conformidad
con lo establecido en el artículo 120.4 del Texto Refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de
2 de marzo.
2. La resolución de la ayuda estará publicada en el enlace del Catálogo de
Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica de la Administración de la Junta de
Andalucía, indicado en el apartado 7 del resuelvo primero.