Disposiciones generales. . (2024/88-6)
Resolución de 2 de mayo de 2024, de Secretaría General de Administración Local, por la que se convocan para 2024 las subvenciones previstas en la Orden de 18 de febrero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales, en régimen de concurrencia no competitiva, para la reparación de daños en infraestructuras de titularidad pública local derivados del acaecimiento de fenómenos naturales o de otras necesidades extraordinarias, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 88 - Miércoles, 8 de mayo de 2024

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Conscientes de la importancia de fortalecer la resiliencia y el desarrollo sostenible de
nuestras entidades locales, así como de garantizar la adecuada prestación de servicios
básicos a la ciudadanía, se realiza la presente convocatoria con el propósito de ofrecer
apoyo económico a aquellas entidades locales que se vean afectadas por los fenómenos
descritos que comprometan la integridad de sus infraestructuras públicas.
Esta convocatoria se enmarca en el compromiso continuo de esta Secretaría
General de Administración Local con el fomento del bienestar y la seguridad de los
ciudadanos, así como con el impulso de la cooperación y la solidaridad entre las distintas
administraciones públicas. Asimismo, busca promover la eficiencia en la gestión de los
recursos y la pronta recuperación de las zonas afectadas, contribuyendo así al desarrollo
armonioso y equitativo de nuestro entorno local.
Por otro lado, el programa presupuestario 81A, denominado «Cooperación y
Coordinación con las Corporaciones Locales» gestionado por la Secretaría General de
Administración Local, contiene, entre otras, las partidas presupuestarias que permiten
la concesión de este tipo de ayudas a las entidades locales. Las subvenciones para
la presente convocatoria se concederán con cargo a las posiciones presupuestarias
previstas en este ejercicio 2024, conforme a lo determinado en la Ley 12/2023, de 26 de
diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024.
Además, se adjuntan a la presente convocatoria a efectos informativos el formulario
de solicitud (Anexo I) y el formulario para presentar alegaciones y presentación de
documentos (Anexo II), que estarán disponibles en la Oficina Virtual de la Consejería de
Justicia, Administración Local y Función Pública para su cumplimentación y presentación
por vía exclusivamente telemática.
Por todo ello, considerando oportuno proceder a la convocatoria de estas
subvenciones para este ejercicio, de conformidad con las competencias atribuidas y en la
disposición adicional primera de la Orden de 18 de febrero de 2023 mencionada,

Primero. Regulación y objeto de la ayuda.
Esta convocatoria se rige por la Orden de 18 de febrero de 2023, por la que se aprueban
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales, en
régimen de concurrencia no competitiva, para la reparación de daños en infraestructuras
de titularidad pública local derivados del acaecimiento de fenómenos naturales o de otras
necesidades extraordinarias, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.
Podrán solicitar estas ayudas todos los municipios y entidades locales autónomas de
la Comunidad Autónoma de Andalucía.
De conformidad con lo establecido en el apartado 1 de las bases reguladoras, el objeto
de esta línea de ayudas es financiar en las entidades locales cualquier tipo de actuación
necesaria para la recuperación y puesta en servicio de cualquier tipo de infraestructura de
titularidad pública local, que esté destinada al ejercicio de cualquier competencia propia
de la entidad o a la prestación de cualquier servicio local de interés general, y que se
haya visto afectada bien por el acaecimiento de cualesquiera fenómenos naturales o por
otras necesidades extraordinarias, ocasionando el deterioro o afectación de la misma con
la consiguiente merma o menoscabo en la prestación y funcionamiento de los servicios
públicos que las entidades locales deben prestar conforme a las competencias que tienen
asumidas en virtud del artículo 9 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de
Andalucía, y del artículo 8 del Decreto 156/2021, de 4 de mayo, por el que se regulan las
entidades locales autónomas de Andalucía.
Segundo. Convocatoria y solicitudes.
Se convoca para el ejercicio 2024 la concesión de subvenciones a que se refiere la
citada Orden de 18 de febrero de 2023. Dentro de esta convocatoria, cada entidad local
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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RESU ELVO