Disposiciones generales. . (2024/88-5)
Orden de 1 de mayo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la celebración de congresos, cursos, seminarios, jornadas y otras actividades de naturaleza similar en materia de justicia juvenil y cooperación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 88 - Miércoles, 8 de mayo de 2024

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Con relación a la seguridad jurídica, se establece una regulación precisa y sistemática
en aras de facilitar la participación de las personas destinatarias y coherente con el resto
del ordenamiento jurídico. Asimismo, los plazos establecidos en el procedimiento de
concesión se consideran los adecuados para una correcta valoración de los proyectos
que se presenten.
Respecto al principio de transparencia, la tramitación de estas subvenciones se
ajusta al tenor de lo dispuesto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
respecto al trámite de consulta pública previa, y en el artículo 45 de la Ley 6/2006, de 24
de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con el
trámite de información pública, a efectos de garantizar un mayor acierto en la confección
final del texto y para que cuente con una amplia participación del sector al que va dirigida
la norma. Asimismo, se han solicitado los informes preceptivos pertinentes.
A la vista de lo anterior, a propuesta de la Dirección General de Justicia Juvenil y
Cooperación, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 44.2 y 46.4 de la
Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
el artículo 26.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta
de Andalucía, y el artículo 118.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía,
DISPONGO

Disposición adicional primera. Convocatorias.
Las convocatorias para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no
competitiva a que se refiere la presente disposición, se efectuarán mediante resolución
de la persona titular de la Dirección General competente en materia de justicia juvenil
y cooperación, por delegación de la persona titular de su Consejería. El formulario
de solicitud y el formulario para presentar alegaciones y efectuar la aceptación, la
reformulación y la presentación de documentos se publicarán conjuntamente con la
convocatoria, y estarán adaptados a los formularios tipo aprobados mediante Orden de
20 de diciembre de 2019, de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00301265

Artículo único. Aprobación de las bases reguladoras de concesión de subvenciones.
1. Aprobar las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen
de concurrencia no competitiva, para la celebración de congresos, cursos, seminarios,
jornadas y otras actividades de naturaleza similar en materia de justicia juvenil y
cooperación, integradas por:
a) El texto articulado de las bases reguladoras tipo de la Junta de Andalucía para
la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva aprobadas
mediante Orden de 20 de diciembre de 2019, de la Consejería de la Presidencia,
Administración Pública e Interior (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre), que se considera
parte integrante de la presente norma.
b) Los cuadros resúmenes correspondientes a cada una de las siguientes líneas de
subvenciones:
1.º Línea 1. Fomento de la generación de conocimiento e incremento de la formación
entre los distintos operadores que intervienen en el ámbito de la asistencia a las víctimas
y de la justicia juvenil.
2.º Línea 2. Fomento de la generación de conocimiento e incremento de la formación
entre los distintos operadores que intervienen en los ámbitos de justicia gratuita,
mediación y otros medios adecuados de solución de controversias, y régimen jurídico de
las asociaciones, fundaciones y colegios profesionales.