3. Otras disposiciones. . (2024/87-51)
Resolución de 30 de abril de 2024, de Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se convoca durante el curso 2023/2024 el Programa de Refuerzo Educativo en periodo estival en los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía financiado por el Fondo Social Europeo Plus, Marco Financiero 2021-2027, y se establece el procedimiento para el alumnado y profesorado.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 87 - Martes, 7 de mayo de 2024

página 44254/2

Segundo. Plazos para la solicitud del alumnado e instrucción del procedimiento.
1. Los padres, madres o personas que ejerzan la tutela legal del alumnado deberán
solicitar la participación en el Programa del 13 al 22 de mayo a través de la Secretaría
Virtual de la Consejería de competente en materia de educación
https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/solicitudes/
o bien directamente en el centro docente solicitado en primer lugar. En el portal web del
Programa habrá un modelo de solicitud que estará a disposición de los padres, madres o
personas que ejerzan la tutela legal del alumnado.
2. En la solicitud podrán incluirse hasta tres centros docentes del listado de centros
solicitantes publicado el 13 de mayo, teniendo en cuenta que si el centro en el que esté
matriculado el alumno o la alumna en el curso para el que se realice la convocatoria está
incluido en dicho listado deberá solicitar ese centro en primer lugar. En caso de que su
centro no esté incluido, podrán solicitar la participación en otros centros docentes de su
localidad o de localidades cercanas dentro de su provincia.
3. El 3 de junio las familias podrán consultar el estado de su solicitud en el tablón
de anuncios del centro solicitado en primer lugar, así como en la página web de dicho
centro docente. Todo ello siguiendo lo establecido en la Ley 3/2018, de 5 de diciembre,
de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
4. Del 5 al 10 de junio existirá un periodo de alegaciones y renuncias a través del
formulario disponible en la Secretaría Virtual de la Consejería competente en materia de
educación o en el centro docente en el que haya presentado la solicitud.
Tercero. Resolución de los procedimientos.
1. El 18 de junio, finalizadas las fases de solicitud y de alegaciones de centro, de
profesorado y de alumnado, la Dirección General con competencias en materia de
atención a la diversidad dictará y publicará la Resolución definitiva de los centros
docentes que finalmente impartirán el Programa.
2. El 24 de junio, el profesorado podrá consultar la adjudicación definitiva de centro en
el Portal docente. No será posible en ese momento conocer el número de horas diarias
que impartirá cada docente en el Programa, puesto que este número de horas dependerá
del alumnado y los grupos que finalmente se constituyan en cada centro.
3. Asimismo, el 25 de junio, las familias podrán consultar en el tablón de anuncios del
centro solicitado en primer lugar, el centro donde ha sido admitido el alumno o la alumna,
así como en la página web de dicho centro docente. Todo ello siguiendo lo establecido en
la Ley 3/2018, de 5 de diciembre.
4. Si fuera necesario se elaborará una lista de espera con el alumnado que no haya
sido admitido con el objeto de cubrir posibles vacantes que pudiesen producirse antes o
durante el desarrollo del Programa.
5. Contra la adjudicación definitiva de centros docentes, profesorado y alumnado, los
interesados podrán formular recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir de la fecha
de publicación de la resolución o consulta definitiva correspondiente, de conformidad
con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

00301203

Sevilla, 30 de abril de 2024.- La Directora General, Almudena García Rosado.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja