Disposiciones generales. . (2024/86-10)
Resolución de 29 de abril de 2024, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca la presentación de proyectos para las residencias artísticas en el ejercicio 2024.
11 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 86 - Lunes, 6 de mayo de 2024

página 44154/3

4.2. Los/las artistas residentes asumen las siguientes obligaciones.
a) Seguir estrictamente las indicaciones de la Dirección del espacio en cuanto
a volumen de sonido y horarios de uso, de conformidad con la normativa vigente a la
que se remite la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, así como las
normas de seguridad establecidas.
b) Observar las normas de seguridad y salud, y prevención de riesgos laborales.
c) Atender todas las indicaciones del personal de la Agencia respecto al uso de los
materiales del espacio escénico.
d) Asumir las normas internas que regulan el uso del espacio facilitado.
e) Declarar que conoce y acepta las condiciones de cada espacio, asumiendo la
responsabilidad de cuantas contingencias pudieran producirse durante su estancia.
f) Cumplir con el tiempo de residencia establecido.
4.3. Durante la residencia, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales asume las
siguientes obligaciones:
a) Coordinar la asignación de espacios, así como fechas y horarios.
b) Proporcionar las condiciones técnicas y espaciales adecuadas para el desarrollo
de la residencia.
c) Asumir el mantenimiento y limpieza de los espacios propios y velar por la efectiva
prestación de estos servicios en los espacios en colaboración.
d) Asumir los servicios habituales de seguridad y acceso del espacio y velar por la
efectiva presentación de estos servicios en los espacios en colaboración.
e) Asegurar por contingencia de responsabilidad civil el espacio, no así al personal de
la adjudicataria por su estancia y trabajo en el mismo.
f) Organizar y fomentar el encuentro entre los/as artistas residentes, tanto del mismo
espacio como de todos ellos.
g) Hacer un seguimiento continuo de las residencias para evaluar el desarrollo de
estas y la evolución posterior de los trabajos realizados.

Sexta. Solicitud y plazo de presentación.
a) Presentación de las solicitudes: Se presentarán por vía telemática a través del
portal de la Ventanilla Electrónica General de la Junta de Andalucía
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/ o a través del registro electrónico del Portal de
Atención a la Ciudadanía (Presentación Electrónica General, PEG), disponible en la
pestaña «Servicios y Trámites» en el siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es//servicios.html. También podrán presentarse en las oficinas
de correos, en la forma que reglamentariamente se establezca, en las representaciones
diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, en las oficinas de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00301103

Quinta. Representación pública.
Tras la finalización de la residencia, en el periodo máximo de 60 días, se realizará
una representación pública del trabajo llevado a cabo, en el lugar que determine la
AAIICC mediante la formalización de un contrato privado de representación pública,
de conformidad con el artículo 26 de la Ley 9/2017, de contratos del sector público,
por importe de 3.000,00 € más IVA. Para la modalidad de artistas emergentes, la
remuneración será de 1.500,00 € más IVA.
Como consecuencia de la contratación, el/la artista asume la obligación de llevar
a cabo la realización del espectáculo en todas sus fases, asumiendo los costes y
retribuciones de los elementos materiales y personales necesarios para su producción,
respondiendo del cumplimiento de sus obligaciones laborales, de Seguridad Social y
Fiscal.
El espectáculo resultante de la residencia tendrá acceso directo al catálogo de
espectáculos de la Red Andaluza de Teatros Públicos, siempre y cuando se realice la
solicitud de entrada al programa en tiempo y forma.