3. Otras disposiciones. . (2024/85-58)
Resolución de 22 de abril de 2024, del Instituto Andaluz de la Mujer, de ampliación de crédito de las ayudas económicas para víctimas de violencia de género (línea 1) y ayudas económicas para mujeres víctimas de violencia de género que acrediten insuficiencia de recursos y especiales dificultades para obtener empleo (línea 2) de la convocatoria de 2023 de las ayudas económicas a mujeres víctimas de violencia de género.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 85 - Viernes, 3 de mayo de 2024

página 44016/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Resolución de 22 de abril de 2024, del Instituto Andaluz de la Mujer, de
ampliación de crédito de las ayudas económicas para víctimas de violencia de
género (línea 1) y ayudas económicas para mujeres víctimas de violencia de
género que acrediten insuficiencia de recursos y especiales dificultades para
obtener empleo (línea 2) de la convocatoria de 2023 de las ayudas económicas
a mujeres víctimas de violencia de género.

1.º Con fecha 4 de marzo de 2021 se publicó la Orden de 23 de febrero de 2023, por
la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas, en
régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, a mujeres
víctimas de violencia de género (BOJA núm. 42, de 4 de marzo de 2021).
2.º El 4 de enero de 2023 se publica en BOJA la Resolución de 20 de diciembre
de 2022, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se efectúa mediante tramitación
anticipada la convocatoria de ayudas económicas, en régimen de concurrencia
no competitiva, a mujeres víctimas de violencia de género, para el ejercicio 2023,
estableciéndose las cuantías máxima para cada una de la líneas de subvenciones
correspondientes a la anualidad, así como la partida presupuestaria a la que se carga
(BOJA núm. 2, de 4 de enero de 2023).
3.º El aumento de la publicidad y mejora de la información con respecto a la ayuda
económica que protege a las víctimas y permite su independencia ha ocasionado que el
volumen de solicitudes a los Servicios de atención a las mujeres víctimas de violencia
de género del Instituto Andaluz de la Mujer haya aumentado de forma considerable,
haciendo insuficiente la estimación del crédito inicial.
4.º Las ayudas económicas que se financian con esta convocatoria de subvenciones
es un derecho que tienen las mujeres víctimas de violencia de género y que las
Administraciones Públicas deben de garantizar, conforme al artículo 27.1 de la Ley
Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la
Violencia de Género, considerándose un recurso económico de necesidad y alto interés
social, al posibilitar una vía de subsistencia a las mujeres víctimas de violencia de género
para la salida y recuperación de la violencia padecida.
5.º En base al crédito dispuesto en la convocatoria para el año 2023, se han emitido 69
resoluciones estimatorias para la línea 1 y 273 resoluciones estimatorias para la línea 2.
6.º A fecha 1 de abril de 2024 queda un saldo A de la convocatoria 2023 de 2.400 €,
para la línea 2, cantidad que no es suficiente para la concesión de las ayudas pendientes.
Para la Línea 1 el saldo A de la convocatoria de 2023 es de 3.240 €.
7.º Revisados los expedientes pendientes de resolución:
- De la línea 1, hay expedientes en tramitación por un total de 38.394 €.
- De la línea 2, hay expedientes en tramitación por un total de 494.720 €.
8.º Para concretar el presupuesto inicial que se necesitará para la concesión de
las ayudas económicas en un año determinado se toma como referencia los créditos
que han sido necesarios en años anteriores, desconociendo con exactitud la cantidad
presupuestaria que finalmente se terminará necesitando. Una ampliación en la forma
de acreditar la violencia de género y unas bases reguladoras más esclarecedoras,
han llevado a un aumento de solicitudes de mujeres víctimas de violencia de género
que reclaman este derecho que la Ley Orgánica de Violencia de Género les pone a su
disposición.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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