5. Anuncios. . (2024/85-102)
Acuerdo de 23 de abril de 2024, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por el que se declara la prescripción de reconocimiento y liquidación de compromisos de gasto derivados de los expedientes de subvención tramitados al amparo de la Orden de 9 de mayo de 2002, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para ejecutar acciones de desarrollo y la gestión sostenible de los recursos forestales (BOJA núm. 67, de 8 de junio de 2002).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 85 - Viernes, 3 de mayo de 2024

página 43986/3

Cuarto. De acuerdo con lo establecido en el apartado 1 de la disposición transitoria
segunda de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a los
procedimientos de concesión de subvenciones ya iniciados a la entrada en vigor de
esta ley les será de aplicación la normativa vigente en el momento de su inicio. Por otra
parte, la Ley 39/2015 , de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, establece en su disposición transitoria tercera que los actos
y resoluciones dictados con posterioridad a la entrada en vigor de esta ley se regirán, en
cuanto al régimen de recursos, por las disposiciones de la misma. Por tanto, teniendo
en cuenta el contenido de las disposiciones transitorias citadas de ambas normas, y que
el procedimiento objeto de este acuerdo se inicia en el año actual, al mismo resultan de
aplicación los preceptos de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Quinto. El procedimiento es el establecido en el artículo 30 del Texto Refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, así como en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexto. De los hechos descritos en los antecedentes, así como de la documentación
obrante en esta Consejería, se aprecia que los compromisos de gasto detallados en el
Anexo I se encuentran incursos en un supuesto de prescripción extintiva, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 30 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública
de la Junta de Andalucía, procediendo como consecuencia, su baja en contabilidad.
En virtud de los antecedentes y fundamentos de derecho detallados anteriormente,
esta Dirección General
ACUERDA
Primero. Iniciar el procedimiento para declarar la prescripción del derecho al
reconocimiento y liquidación de las obligaciones derivadas de los compromisos de gasto
detallados en el Anexo I, y relativas a los expedientes de subvención tramitados al amparo
de la Orden de 9 de mayo de 2002, por la que se establecían las bases reguladoras de la
concesión de ayudas para ejecutar acciones de desarrollo y la gestión sostenible de los
recursos forestales (BOJA núm. 67, de 8 de junio de 2002), al haber transcurrido el plazo
estipulado en el artículo 30 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública
de la Junta de Andalucía, y como consecuencia, dar de baja en la contabilidad de la
Junta de Andalucía los citados documentos contables.
Segundo. Conceder a los interesados un plazo de 15 días hábiles, a contar desde el
día siguiente a la fecha de notificación de este acuerdo, para que aleguen o presenten
los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, de conformidad con lo previsto
en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.

00300936

Sevilla, 23 de abril de 2024.- El Director General, Juan Ramón Pérez Valenzuela.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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