3. Otras disposiciones. . (2024/84-21)
Resolución de 24 de abril de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Halterofilia.
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Página
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 84 - Jueves, 2 de mayo de 2024
página 43947/9
2. Una vez ratificado, se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y se
inscribirán en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas, surtiendo efectos a partir de
la fecha de inscripción.
00300897
Disposición final. Facultades de la Junta Directiva.
1. Se faculta a la Junta Directiva para la subsanación de reparos del presente Código,
de adaptación a la normativa vigente que efectúe el órgano administrativo competente en
materia de entidades deportivas de la Junta de Andalucía.
2. Igualmente, queda facultada para la interpretación del presente Código dentro
de los límites de su competencia, así como para dictar cuantas disposiciones sean
necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el mismo, que deberán
hacerse teniendo en cuenta con carácter prioritario, los objetivos y funciones recogidos
en los Estatutos para la FAH.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 84 - Jueves, 2 de mayo de 2024
página 43947/9
2. Una vez ratificado, se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y se
inscribirán en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas, surtiendo efectos a partir de
la fecha de inscripción.
00300897
Disposición final. Facultades de la Junta Directiva.
1. Se faculta a la Junta Directiva para la subsanación de reparos del presente Código,
de adaptación a la normativa vigente que efectúe el órgano administrativo competente en
materia de entidades deportivas de la Junta de Andalucía.
2. Igualmente, queda facultada para la interpretación del presente Código dentro
de los límites de su competencia, así como para dictar cuantas disposiciones sean
necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el mismo, que deberán
hacerse teniendo en cuenta con carácter prioritario, los objetivos y funciones recogidos
en los Estatutos para la FAH.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja