Autoridades y personal. . (2024/83-17)
Resolución de 24 de abril de 2024, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se convocan las pruebas de acceso a las Enseñanzas Artísticas Superiores en la Comunidad Autónoma de Andalucía para el curso 2024/2025, se determinan aspectos de organización de las mismas y se establece el calendario de actuaciones del procedimiento ordinario de acceso, admisión y matriculación en los centros docentes públicos.
26 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 30 de abril de 2024

página 43932/2

Al hilo de los cambios sociales y legislativos que se han ido produciendo en los últimos
años y de conformidad con lo establecido en la Orden de 9 de febrero de 2022 y con el Real
Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y de alto rendimiento, se
adoptan medidas encaminadas a la integración en las Enseñanzas Artísticas Superiores
tanto del alumnado solicitante cuya discapacidad reconocida sea igual o superior al 33%
como de aquellos que cumplen los requisitos para ser considerados como deportistas de
alto nivel y deportistas de alto rendimiento.
Asimismo, es necesario resaltar que la equidad educativa es inseparable de la calidad.
Son dos principios indisociables. Son ambas inherentes ya que una se asienta en la otra
o viceversa. Por lo tanto, un Sistema Educativo que aspire a la excelencia debe arbitrar
un conjunto de medidas coherentes entre sí y coordinadas, siempre orientadas a mejorar
los resultados académicos y escolares del alumnado. Lograr que toda la ciudadanía
pueda recibir una educación y una formación de calidad, sin que ese bien quede limitado
únicamente a algunas personas o sectores sociales, resulta una finalidad prioritaria. En
definitiva, se trata de mejorar el nivel educativo de todo el alumnado andaluz alcanzando el
pleno desarrollo de sus capacidades individuales, haciendo viable y compaginando a la vez,
la calidad de la educación con la equidad en su tratamiento. De esta manera llegaremos
a la excelencia del sistema. La combinación de calidad y equidad exige ineludiblemente
la realización de un esfuerzo compartido: administración y sociedad en su conjunto. De
esta forma, la excelencia educativa se vinculará con un conocimiento más competitivo y
dinámico, capaz de contribuir a un crecimiento económico sostenido, acompañado de una
mejora cuantitativa y cualitativa del empleo y de una mayor cohesión social.
Con objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 de la Orden de 9 de
febrero de 2022 anteriormente mencionada, y en virtud de las competencias que otorga
el Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en especial el artículo 10.2,
como Directora General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa,
RESU ELVO
Primero. Convocar las pruebas de acceso a las Enseñanzas Artísticas Superiores
correspondientes al curso académico 2024/2025 en la Comunidad Autónoma de
Andalucía en los términos señalados en el Anexo I.
Segundo. Establecer el calendario de actuaciones del procedimiento ordinario de
acceso a las Enseñanzas Artísticas Superiores que se desarrollará de conformidad con
lo establecido en el Anexo II.
Tercero. Establecer el calendario de actuaciones del procedimiento de adjudicación de
plazas escolares vacantes de las Enseñanzas Artísticas Superiores que se desarrollará
de conformidad con lo establecido en el Anexo III.

Quinto. Publicar la relación de obras y textos que deberán ser memorizados e
interpretados para la prueba específica de acceso a las Enseñanzas Artísticas Superiores
de Arte Dramático que figuran en el Anexo V.
Sexto. Aprobar la modificación del formulario que consta como Anexo VII de la Orden
de 9 de febrero de 2022, incluido como Anexo VI de la presente resolución.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00300882

Cuarto. Determinar las sedes de actuación de los tribunales de evaluación de las
pruebas específicas de acceso para cada una de las enseñanzas relacionadas en el
Anexo IV.