3. Otras disposiciones. . (2024/83-45)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de las medidas de apoyo de la Junta de Andalucía como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19): Sector de servicios de atención residencial y centro de día a las personas mayores y a personas con discapacidad.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 30 de abril de 2024

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produjo el pago hasta la fecha en que se adopte la resolución de reintegro o, en su caso, hasta la
fecha en la que la persona o entidad perceptora proceda a la devolución voluntaria de los fondos.

8. RECOMENDACIONES
38

La Cámara de Cuentas de Andalucía recomienda la adopción de las medidas expuestas en este
epígrafe que van orientadas a propuestas de mejora para la organización. La implantación de estas
recomendaciones podrá ser objeto de alcance en futuros informes de fiscalización que tengan
como objetivo el seguimiento específico de este informe, las recomendaciones por materias o
cualquier otro asunto relacionado con el mismo.

39

Considerando que la materia que se fiscaliza no es recurrente ya que se trata de medidas
extraordinarias y urgentes, cuyo procedimiento de gestión establecido tiene carácter excepcional12
y que la gestión de estas medidas se encuadra como un procedimiento administrativo común y no
como una subvención, las recomendaciones van dirigidas a aspectos que se pueden mejorar en el
desarrollo de las actuaciones que puedan implicar la aplicación de la normativa que afecta al
procedimiento administrativo común.

40

Las recomendaciones van dirigidas al Consejo Rector, la Dirección-Gerencia y a los titulares de las
unidades administrativas y el personal al servicio de las Administraciones Públicas que tuviesen a
su cargo la resolución, ya que conforme al Art. 20 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, son responsables directos
de su tramitación, disponiendo lo necesario para evitar y eliminar toda anormalidad en la
tramitación de procedimientos.

41

Hacer uso de la prerrogativa de comprobar el contenido de las declaraciones responsables y exigir
la documentación que acredite los procesos que se realicen y la documentación que ha de aportar.
(§27) (media)

42

Realizar, por SS.CC, una revisión a la documentación integrante de los expedientes con la finalidad
de homogeneizar la idoneidad de la documentación y aunar criterios para el pago de las medidas
de apoyo económico y para el procedimiento de reintegro. (§37) (media)

43

Delimitar, mediante directrices definidas, las funciones a realizar por los SS.TT con el fin de otorgar
homogeneización en las actuaciones que desarrollan los procedimientos administrativos. (§37)
(media)

12

Reguladas en Decreto-ley, cuyo empleo se justifica para dar respuesta a una situación de extraordinaria y urgente necesidad.

13 https://www.ccuentas.es/la-institucion-normativa-de-aplicacion_aa1.html

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00300822

Por ello, en observancia de la “Guía práctica para la elaboración de recomendaciones”13 elaborada
por la Cámara de Cuentas de Andalucía, se ha consignado prioridad media a cada recomendación
propuesta, teniendo en cuenta que se trata de una debilidad material, que requiere que la dirección
establezca un plan de acción concreto para resolver la deficiencia observada en un plazo razonable.