3. Otras disposiciones. . (2024/83-46)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de los Fondos de Compensación Interterritorial. Ejercicio 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 30 de abril de 2024

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Asimismo, esta actuación asume un compromiso de atestiguamiento, que se define como aquel
en el que la parte responsable mide la materia/asunto en cuestión de acuerdo a los criterios y
presenta la información de la materia, sobre la cual el auditor procede a reunir evidencia de
auditoría suficiente y apropiada para contar con una base razonable que le permita expresar una
conclusión.2
6.

El informe se ha elaborado conforme a los principios fundamentales de fiscalización de las
Instituciones Públicas de Control Externo. En concreto, se han considerado la ISSAI-ES 100
“Principios fundamentales de fiscalización del sector público” y la ISSAI-ES 400 “Principios
fundamentales de la fiscalización de cumplimiento”, así como las Guías Prácticas de Fiscalización
de los Órganos de Control Externo (GPF-OCEX) y NIA-ES-SP aplicables.
Dichos principios exigen que la Cámara de Cuentas de Andalucía cumpla los requerimientos de
ética, y que se planifique y ejecute la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de
que la gestión de los FCI resulte, en todos los aspectos significativos, conforme con la normativa
aplicable.
Una fiscalización requiere la aplicación de procedimientos para obtener evidencia de auditoría
sobre la legalidad de las operaciones. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del
auditor, incluida la valoración de los riesgos de incumplimientos significativos de la legalidad. Al
efectuar dichas valoraciones del riesgo, el auditor tiene en cuenta el control interno relevante
para garantizar dicho cumplimiento, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que
sean adecuados en función de las circunstancias, y no con la finalidad de expresar una opinión
sobre la eficacia del control interno de la entidad.

7.

Se considera que la evidencia de auditoría que se obtiene con el trabajo realizado proporciona
una base suficiente y adecuada para fundamentar una opinión de auditoría de cumplimiento con
salvedades sobre el grado de ejecución de los proyectos de los FCI y la legalidad de las
actuaciones realizadas por los gestores de estos fondos, en lo que respecta a la naturaleza de los
gastos realizados y a las modificaciones de los proyectos inicialmente aprobados. Los trabajos de
campo finalizaron en el mes de noviembre de 2023.

4. OPINIÓN CON SALVEDADES

2

En opinión de la Cámara de Cuentas de Andalucía, excepto por la salvedad descrita en el epígrafe
“Fundamento de la opinión con salvedades”, el grado de ejecución de los proyectos de los FCI y
las actuaciones realizadas por los gestores de estos fondos, en lo que respecta a la naturaleza de
los gastos realizados y a las modificaciones de los proyectos inicialmente aprobados, resultan
conformes, en todos los aspectos significativos, con el marco normativo de aplicación.

00300823

8.

ISSAI 100; P29.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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