3. Otras disposiciones. . (2024/83-46)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de los Fondos de Compensación Interterritorial. Ejercicio 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 30 de abril de 2024

página 43874/27

ALEGACIÓN Nº 2, AL PUNTO 20 (ALEGACIÓN NO ADMITIDA)
Para la programación del FCI correspondiente al presupuesto 2024 se han tenido en cuenta las
recomendaciones de la Cámara de Cuentas. Sin embargo, se debe señalar que en el momento de la
presupuestación no se conocían los importes del FCI, ya que no se habían aprobados los
Presupuestos Generales del Estado, por lo que se utilizó inicialmente el mismo reparto de 2023.
Se espera que estos cambios se traduzcan en una mejor planificación de los proyectos contenidos
en el Anexo de Inversiones de la Comunidad que van a ser financiados con el FCI. Si bien no se puede
garantizar que se produzcan una reducción efectiva en el número de proyectos a reprograrmar,
ya que dependerá de las distintas circunstancias sobrevenidas durante la ejecución del
presupuesto.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
En la alegación se admite y justifica la necesidad de realizar reprogramaciones anuales. Asimismo,
se indica que se han tenido en cuenta las recomendaciones de la CCA para el presupuesto de 2024.
A este respecto, la CCA reconoce el avance en la reducción cuantitativa de la reprogramación de
los proyectos relacionados con los FCI (punto 23 del informe), y recomienda la continuación de
estos trabajos de mejora (punto 20 del informe), al objeto de disminuir el número de proyectos que
se reprograman, sin que en ningún caso tal recomendación implique la necesidad de suprimir el
mecanismo de reprogramación, puesto que en determinadas ocasiones la realidad de la ejecución
presupuestaria anual obliga a su utilización.

ALEGACIÓN Nº 3, AL PUNTO 21 (ALEGACIÓN NO ADMITIDA)
La DG de Planificación, Política Económica y Financiera, atendiendo a las recomendaciones incluidas
en los Informes de fiscalización de los Fondos de Compensación Interterritorial precedentes, seguirá
requiriendo información sobre la situación de la justificación de los saldos pendientes de justificar e
instándoles a su depuración a los distintos órganos competentes, esperando su total liquidación en
este año.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN

00300823

La Dirección General de Análisis, Planificación y Política Económica asume en esta alegación el
contenido de lo recogido en el punto 21 del informe, manifestando su intención de continuar con
los trabajos necesarios para la definitiva depuración de los saldos pendientes de justificar, sin que
se aporte documentación adicional sobre tales avances.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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