3. Otras disposiciones. . (2024/83-47)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Moguer (Huelva). Ejercicio 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 30 de abril de 2024

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Esta incidencia justificaría la necesidad de minorar por ese importe la cifra de las obligaciones
reconocidas por operaciones corrientes del resultado presupuestario que figura en el Anexo 8.5.
(Ajuste nº 4).
22

Al presupuesto de 2021 se han imputado obligaciones por importe de 13.647,70 €, que
corresponden al premio de cobranza por la recaudación voluntaria de tributos municipales de
ese año, cuyo reconocimiento se hizo con efectos retroactivos al mes de diciembre, en virtud del
decreto del concejal de hacienda de 20 de enero de 2022.
Esta práctica no se adecúa al marco presupuestario vigente, pues los principios de anualidad e
imputación presupuestaria3 impiden que con posterioridad al día 31 de diciembre de cada año
se puedan adoptar acuerdos de autorización y/o compromisos de gastos, ni tampoco de
reconocimiento de obligaciones con efectos retroactivo al mes de diciembre.
Esta incidencia determina la necesidad de minorar por ese importe la cifra de obligaciones
reconocidas por operaciones corrientes del resultado presupuestario (Anexo 8.5.) (Ajuste nº 5).

4.4.2. Ejecución del Presupuesto de Ingresos
23

La entidad no realiza la gestión de cobro de las previsiones de ingresos registradas en los
subconceptos presupuestarios 54100 “alquiler viviendas UA.2” y 54101 “alquiler de viviendas
barriada San José”, por importe de 17.870,00 € y 19.125,00 €, respectivamente. La cantidad
ingresada en 2021 por ambos conceptos resultó testimonial (443,16 €).

24

Los recargos ejecutivos y de apremio se registran conjuntamente en el presupuesto de ingresos,
en el subconcepto económico 32911, cuando debieran figurar por separado: el recargo ejecutivo
en el subconcepto 39210 y el de apremio en el 39211, tal como prevé la orden EHA/3.565/2008
de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades
locales. El importe de los derechos reconocidos por tales conceptos ascendió a 135.850,56 €.

25

El Impuesto de Bienes Inmuebles de naturaleza especial se registra presupuestariamente en el
subconcepto 113 (IBI Urbana) cuando debería estar recogido en el subconcepto 114, de acuerdo
con lo señalado en la orden EHA /3.565/2008, de 3 de diciembre.

4.4.3. Área de contabilidad

26

Este departamento no dispone de un manual de funciones y responsabilidades del personal a su
cargo.

27

Dado el tamaño del municipio las funciones de contabilidad y de fiscalización no están separadas;
además, el personal de este departamento comparte tareas con el de tesorería en situaciones
que así lo requieran: vacaciones, bajas, acumulación de tareas.
3 Ambos principios se recogen en el art. 163 del TRLHL, disponiendo que “el ejercicio presupuestario coincidirá con el año natural y
a él se imputarán las obligaciones reconocidas durante el mismo”.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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