3. Otras disposiciones. . (2024/82-29)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Jaén, por la que se dispone el registro y la publicación del Acuerdo de 7 de febrero de 2024, de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, que aprueba definitivamente la modificación puntual de las Normas Subsidiarias del PGOU del término municipal de Lupión.
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CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL
TERRITORIO Y VIVIENDA

BOJA

Delegación
Territorial
en JAÉN
Boletín
Oficial
de la Junta
de Andalucía
Número 82 - Lunes, 29 de abril de 2024

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
Hoja 17 de
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
página 43777/10
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Y VIVIENDA
ORGANISMO: DELEGACIÓN TERRITORIAL DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA DE JAÉN

h) En caso de solicitarse la implantación de actividades potencialmente
contaminadoras de la atmósfera recogidas en el Real Decreto
100/2011, por el que se actualiza el catálogo de actividades
potencialmente contaminadoras de la atmósfera, se deberá obtener la
autorización de emisiones a la atmósfera, que se tramitará de acuerdo
a la legislación vigente. Además se especificará que las emisiones no
canalizadas de partículas de estas actividades cumplirán los límites y
determinaciones establecidas en la legislación vigente (Decreto
151/2006, de 25 de julio).
i) Por cuanto es necesario que al servicio del suelo industrial se garantice
la infraestructura mínima de un punto limpio para la recepción,
clasificación y transferencia de residuos peligrosos y no peligrosos, con
capacidad suficiente para atender las necesidades de las instalaciones
que puedan localizarse en el mismo; el municipio dispone del servicio
de Punto Limpio Móvil que de forma periódica recoge los residuos
peligrosos y no peligrosos en la C/ La Calzada nº21 (lugar determinado
por el ayuntamiento). Hasta su entrega, cada industria se hará cargo de
dichos residuos, en puntos habilitados para tal fin, hasta que lo pongan
a disposición de un gestor autorizado.
Protección del paisaje

00300727

 El proyecto de urbanización, por su parte, mantendrá e integrará elementos
preexistentes de interés (vegetación de ribera y zona inundables).
 Se delimitará la zona verde en continuidad con el espacio natural de interés
de la ribera del arroyo. En el diseño se procurará la incorporación de
muretes y rocallas cuyas formas irregulares sirvan de refugio a reptiles y
pequeña avifauna.
 Por otra parte, en el proyecto de urbanización, será conveniente definir
parámetros urbanísticos (altura reguladora, profundidad edificable, frente de
parcela, etc.) homogéneos para sectores edificados para evitar imágenes
heterogéneas y fragmentadas.
 En términos generales, conviene priorizar las estrategias de armonización,
basadas en tonalidades naturales e inorgánicas similares a las del terreno, y
elegir colores de baja saturación, que no resulten excesivamente llamativos
 Zona del polígono limítrofe a la carretera, se establecerá una línea de
arbolado que minimice el impacto visual.
 La proliferación de construcciones e instalaciones técnicas en el espacio
público y privado del polígono industrial conlleva un impacto visual
previsible y evitable. Siempre que sea posible, se debe optar por el
soterramiento de estos elementos.
 Las plantaciones de vegetación se realizarán con especies y formas
parecidas al paisaje existente, evitando las formas geométricas y realizando
plantaciones con bordes difusos.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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