3. Otras disposiciones. . (2024/82-24)
Resolución de 19 de abril de 2024, de la Dirección General de Comercio, por la que se hace pública la declaración de una zona de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, en el municipio de Ayamonte (Huelva).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 82 - Lunes, 29 de abril de 2024

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de la solicitud o que se alcance este porcentaje durante al menos, tres meses al año,
computándose para ello la media diaria mensual (pernoctaciones de cada mes/30).
c) Cuando el municipio haya sido declarado turístico de conformidad con su normativa
reguladora.
3. Limitar o constituir áreas de influencia de zonas fronterizas con el territorio de otro
estado.»
Segundo. Con fecha 29 de febrero de 2024, la Delegación Territorial de Empleo,
Empresa y Trabajo Autónomo en Huelva, conforme a lo establecido en el artículo 6.3 de
Decreto 2/2014, de 14 de enero, informa favorablemente la declaración de una ZGAT en
el municipio de Ayamonte, para el siguiente ámbito, períodos y vigencia:
• Ámbito territorial: Término municipal completo.
• Períodos:
- Semana Santa. Desde el Domingo de Ramos al Domingo de Resurrección, ambos
incluidos.
- Período estival. Desde el 1 de junio al 30 de septiembre.
Vigencia: Indefinida, mientras se mantengan las circunstancias que motivaron la
declaración.
Tercero. El Consejo Andaluz de Comercio, reunido en sesión extraordinaria el 7 de
marzo de 2024, ha sido oído en el procedimiento de declaración de una ZGAT en el
municipio de Ayamonte, con el ámbito territorial, períodos y vigencia mencionados en el
Antecedente Segundo.
Cuarto. Con fecha 18 de marzo de 2024 se notifica al Ayuntamiento de Ayamonte
la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Comercio, de 15 de marzo de
2024, por la que se declara una zona de gran afluencia turística, a efectos de horarios
comerciales, en este municipio, concediéndole un plazo de diez días para que presente
alegaciones a la misma, si lo estima procedente.
Quinto. Transcurrido el plazo de presentación de alegaciones, el Ayuntamiento de
Ayamonte no presenta alegaciones a la Propuesta de Resolución de la Dirección General
de Comercio de 15 de marzo de 2024.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La Consejería competente en materia de comercio interior es actualmente la
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en virtud del artículo 5 del Decreto
del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.

Tercero. El artículo 9.1 del Decreto 2/2014, de 14 de enero, por el que se regulan
los criterios y el procedimiento para la declaración de zonas de gran afluencia turística,
a efectos de horarios comerciales (en adelante ZGAT), establece que la persona titular
de la Consejería competente en materia de comercio interior dictará resolución sobre la
declaración de ZGAT y se notificará en el plazo máximo de tres meses, a contar desde
la entrada de la solicitud de iniciación del procedimiento ante la Delegación Territorial
competente en materia de comercio interior correspondiente a la provincia donde radique
el municipio que la presente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Segundo. El Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, dispone en su
artículo 1.l), que corresponden a esta Consejería, las competencias relativas al comercio,
mediante la planificación, la ordenación, la promoción y el desarrollo de dicha materia.