3. Otras disposiciones. . (2024/82-22)
Resolución de 17 de abril de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción, de la instalación eléctrica que se cita. (PP. 8457/2024).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 82 - Lunes, 29 de abril de 2024

página 43744/2

«Antonio Valverde» y su infraestructura de evacuación en los términos municipales de
Aldeire y Valle del Zalabí (Granada), expediente AAU/GR/050/20.
Séptimo. En fecha 25 de marzo de 2024, se emite por la Delegación Territorial
en Granada de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul,
Resolución por la que se considera modificación no sustancial, la modificación de
la actuación e instalación Parque Eólico «Antonio Valverde» y su infraestructura de
evacuación, en los términos municipales de Aldeire y Valle del Zalabí (Granada),
expediente AAU/GR/050/20 MNS1, estando la ejecución de la actuación proyectada
supeditada al cumplimiento íntegro de los condicionados establecidos en la autorización
ambiental unificada, otorgada mediante Informe vinculante de la Delegación Territorial,
de fecha 27 de enero de 2022.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente resolución,
según lo dispuesto en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía
aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, la Ley 9/2007 de 22 de octubre de
la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 10/2022, de 25
de julio, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 163/2022, de 9 de agosto,
por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y
Energía, el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización
territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el
Decreto 300/2022, de 30 de agosto, así como la Resolución de de 11 marzo de 2022, de
la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en
los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.
Segundo. La autorización administrativa de las instalaciones eléctricas de alta
tensión está regulado en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Real
Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que aprueba el Reglamento sobre condiciones
técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, el Real
Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de
líneas de alta tensión.
Tercero. El artículo 30.4 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, determina que las
instalaciones de generación de energía tendrá la consideración de actuaciones de
utilidad e interés general. A este respecto el artículo 32 establece el procedimiento de
autorización ambiental unificada para actuaciones privadas declaradas de utilidad e
interés general de Andalucía, indicando que corresponde al órgano sustantivo, en este
caso esta Delegación, recibir la solicitud, efectuar los trámites de información pública y
de consultas e incorporar a la autorización que se otorga el contenido del informe emitido
por el órgano ambiental.

RESU ELV E
Primero. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa
de construcción de la instalación eléctrica que se cita.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00300693

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación
Territorial de la Junta de Andalucía en Granada,