Disposiciones generales. . (2024/81-2)
Resolución de 11 de abril de 2024, de la Dirección General de Emergencias y Protección Civil, por la que se convocan para el año 2024 subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinadas al mantenimiento de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Viernes, 26 de abril de 2024

página 43667/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución de 11 de abril de 2024, de la Dirección General de Emergencias
y Protección Civil, por la que se convocan para el año 2024 subvenciones en
régimen de concurrencia competitiva a municipios y entidades locales autónomas
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinadas al mantenimiento de las
Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil.
Mediante Orden de 23 de junio de 2020, modificada por la Orden de 26 de mayo de 2021,
se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a municipios y
entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en régimen de
concurrencia competitiva, destinadas al mantenimiento de las Agrupaciones Locales del
Voluntariado de Protección Civil.
En la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma
de Andalucía para el año 2024, se han previsto los créditos necesarios para efectuar la
presente convocatoria.
La disposición adicional única de la citada orden establece que se delega en la
persona titular de la Dirección General competente en materia de emergencias y
protección civil para efectuar, mediante resolución que será publicada en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, la convocatoria de las subvenciones reguladas en la citada
orden, en la que se determinará el plazo de presentación de solicitudes, así como la
cuantía total máxima de las subvenciones.
De conformidad con el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el
Reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, en el caso de convocatoria de subvenciones en concurrencia
competitiva, se especifica la cuantía total máxima destinada a cada línea de subvenciones
en dicha convocatoria.
Asimismo, la presente convocatoria se ajusta a lo establecido en la Orden de 6 de
abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto
público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de
Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial.
El Programa presupuestario 22B «Interior, Emergencias y Protección Civil», cuya
ejecución corresponde a la Dirección General de Emergencias y Protección Civil, prevé,
mediante la ejecución de los créditos disponibles en el ejercicio 2024 y anualidades
futuras que se comprometa una partida presupuestaria destinada a la dotación de
mantenimiento de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil.
Por todo ello, considerando oportuno proceder a la convocatoria de estas
subvenciones para 2024, en ejercicio de las competencias atribuidas en los artículos 101
y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

Primero. Bases reguladoras y régimen jurídico.
1. Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán en todos sus
aspectos por lo establecido en la Orden de 23 de junio de 2020, modificada por la Orden
de 26 de mayo de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones a municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al mantenimiento de
las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil (BOJA núm. 124, de 30 de
junio de 2020 y BOJA núm. 103, de 1 junio de 2021).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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RESU ELVO