Disposiciones generales. . (2024/81-5)
Orden de 15 de abril de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a las inversiones destinadas a la implantación de infraestructuras bioindustriales sostenibles de tratamiento y valorización del alperujo en la provincia de Jaén, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (Medida 4, Submedida 4.2, Operación 4.2.2), en el ámbito de la Inversión Territorial Integrada de la provincia de Jaén.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Viernes, 26 de abril de 2024

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disposición derogatoria.
c)
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de acuerdo con lo
establecido en disposiciones finales decimocuarta y decimoctava.
d)
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al
ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y
2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
e)

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

f)
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales.
g)
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera, así
como las demás normas básicas que desarrollen la Ley.
h) Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por
el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
i) Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
j) Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, vigente.
k) Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
l) Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
m) Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
n) Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía.
o) Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de
Andalucía, aprobado mediante Decreto 282/2010, de 4 de mayo.

4.- Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones, requisitos que deben reunir, periodo de mantenimiento y
excepciones (Artículo 3):
4.a) Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones y requisitos que deben reunir:
4.a).1º. Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes personas o entidades:
Empresas o sociedades participadas en el capital social de al menos un 30% por entidades del
sector productor generadoras del alperujo.

4.a).2º. Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:
a)La inversión solicitada debe ser técnica y económicamente viable para la empresa y ubicarse en
la provincia de Jaén, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
b)Los proyectos subvencionados deberán cumplir los criterios de sostenibilidad y reducción de
emisiones de gases de efecto invernadero de los biocarburantes, bioliquidos y combustibles de
biomasa, así como el sistema de garantía en origen de los gases renovables previstos en el RD
376/2022, de 17 de mayo, de transposición de la Directiva 2001/2018 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 11 de diciembre de 2018.
c)El componente de almacenamiento obtendrá al menos el 75 % de su contenido de combustible de
instalaciones de producción de biocarburantes, biolíquidos, biogás (incluido el biometano) y
combustible de biomasa conectadas directamente, sobre una base anual. Se considerará que todos
los componentes de la inversión (producción y almacenamiento) constituyen un único proyecto
integrado.
d)Como cualquier otra operación financiada por los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos
(En adelante EIE), las inversiones deben cumplir con la normativa y reglamentación Unión y
nacional aplicable (artículo 6 del Reglamento (UE) nº 1303/2013).
e)Cuando sea probable que tengan efectos negativos sobre el medio ambiente de la inversión, las
operaciones de inversión irán precedidas de una evaluación de impacto ambiental previsto de
acuerdo con la legislación específica para ese tipo de inversión (artículo 45 del FEADER). De
acuerdo con la legislación vigente en Andalucía, los proyectos de inversión que requieran de
Autorización Ambiental Unificadas (AAU), la concesión de la ayuda estará condicionada al
resultado de la misma, de manera que el beneficiario no podrá recibir pago alguno, en tanto no
quede acreditado el resultado favorable de la AAU y la incorporación a su proyecto de inversión
las condiciones derivadas del procedimiento de impacto ambiental.

g) Las empresas deben haberse constituido legalmente e inscrito en los registros correspondientes
antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud de ayuda.
f) Aunque el objeto es el procesado y valoración del alperujo como materia prima, si por

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00300691

f)La ayuda no se concederá a las empresas en crisis en aplicación del artículo 1.4.c)del
Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.