5. Anuncios. . (2024/81-77)
Anuncio de 16 de abril de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Huelva, relativa al acuerdo de aprobación definitiva de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Huelva, relativa al Plan General de Ordenación Urbana del término municipal de Bollullos Par del Condado.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 81 - Viernes, 26 de abril de 2024

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CAPÍTULO 3. LICENCIAS CONCEDIDAS Y EN TRÁMITE
Artículo 15.3.1. Licencias concedidas con la edificación iniciada o no
Artículo 15.3.2. Licencias en tramitación
Artículo 15.3.3. Edificaciones realizadas en base a las anteriores licencias
Artículo 15.3.4. Edificaciones sobre parcelas inferiores a la superficie mínima
CAPÍTULO 4. EDIFICACIONES EXISTENTES
Artículo 15.4.1. Régimen aplicable
Artículo 15.4.2. Situaciones fuera de ordenación
Artículo 15.4.3. Efectos de la calificación de fuera de ordenación
Artículo 15.4.4. Situación de fuera de ordenanzas
Artículo 15.4.5. Efectos del fuera de ordenanzas
Artículo 15.4.6. Situaciones conformes a la nueva ordenación
CAPÍTULO 5. DISPOSICIÓN DEROGATORÍA ÚNICA
ANEXOS
ANEXO I NNUU. FICHAS URBANÍSTICAS
LIBRO I
NORMAS URBANÍSTICAS GENERALES
TÍTULO 1
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO 1
Objeto, ámbito y naturaleza del plan general

Artículo 1.1.2. Ámbito de aplicación (OE).
1. El presente Plan General de Ordenación Urbanística tiene por objeto la ordenación
urbanística integral del territorio que ocupa el término municipal de Bollullos Par del
Condado.
2. Este Plan General constituye la norma urbanística básica de la que se dota este
municipio. En razón a ello, los planes que se formulen en desarrollo del mismo, así como todo
tipo de obras, edificaciones o actuaciones sobre el territorio, observarán necesariamente
las previsiones del presente Plan General, sin perjuicio de lo establecido en la normativa
sectorial y en los Planes de Ordenación del Territorio vigentes y de aplicación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00300381

Artículo 1.1.1. Objeto del Plan General de Ordenación Urbanística de Bollullos Par del
Condado (OE).
1. El presente Plan General de Ordenación Urbanística tiene por objeto establecer la
ordenación urbanística de la totalidad del término municipal de Bollullos Par del Condado
y organizar la gestión de su ejecución, adaptándose a la Ley 7/2002, de 17 de diciembre,
de Ordenación Urbanística de Andalucía, al Real Decreto Legislativo 7/2015 de 30 de
octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación
Urbana, , y demás legislación sectorial de aplicación así como a las normas y directrices
de los vigentes Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA) y Plan de
Ordenación del Territorio del Ámbito de Doñana (POTAD).
2. Este documento de planeamiento es el resultado del proceso de revisión del Plan
General de Ordenación Urbana aprobado definitivamente por la C.P.O.T.U. en sesión de
fecha 5 de abril de 1993 y publicado en el BOJA con fecha de 21 de octubre de 1993, y
del documento de adaptación parcial a la LOUA del Plan General de Ordenación Urbana
con aprobación definitiva de fecha 17 de mayo de 2010 publicado en el BOJA con fecha
de 7 de julio de 2010, al cual viene a sustituir.