Autoridades y personal. . (2024/79-12)
Resolución de 18 de abril de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para la ampliación de la bolsa de trabajo de la escala de Gestión Universitaria de la Universidad de Cádiz.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 79 - Miércoles, 24 de abril de 2024

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7. Resultados.
7.1. Tras la realización de los ejercicios, el Tribunal hará público en la página web del
área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/) el acuerdo con la relación
provisional de calificaciones. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación en
el plazo de cinco días hábiles que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo
definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el acuerdo provisional devendrá
automáticamente en definitivo.
7.2. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público el acuerdo con el
listado provisional de valoración de la fase de concurso de las personas aspirantes que
hayan superado aquélla, pudiendo publicarse simultáneamente a la del resultado de la
fase de oposición. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación en el plazo de
cinco días hábiles que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En
caso de no presentarse reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente
en definitivo.
7.3. Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público
el acuerdo por el que se publica el listado de aspirantes que han superado el mismo.
La determinación del orden de prelación de las personas aspirantes que conformarán la
bolsa de trabajo se realizará sumando la puntuación obtenida en la fase se oposición y la
puntuación obtenida en la fase de concurso.
En caso de empate el orden se establecerá, en primer lugar, atendiendo a la mayor
calificación obtenida en la fase de oposición, en segundo lugar, a la mayor calificación
en el primer ejercicio y, en tercer lugar, atendiendo al mayor número de titulaciones
universitarias oficiales que se posea de las indicadas en la fase de concurso. Si persistiera
empate, éste se resolverá mediante la celebración, por parte del Tribunal, de un sorteo
público.
7.4. Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los acuerdos
definitivos del Tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá interponer
recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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6.4. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada
a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas,
no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de
aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá
ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar
antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
6.5. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos
exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada deberá
proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo,
las inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de
admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
6.6. Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá
interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la
Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, bien, recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente, conforme a lo
establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.