Autoridades y personal. . (2024/79-12)
Resolución de 18 de abril de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para la ampliación de la bolsa de trabajo de la escala de Gestión Universitaria de la Universidad de Cádiz.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 79 - Miércoles, 24 de abril de 2024

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6. Desarrollo de los ejercicios.
6.1. Los ejercicios no se celebrarán antes del 1 de julio de 2024. La fecha, lugar y
hora de celebración de la fase de oposición se hará pública en la página web del área
de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas) junto con el listado definitivo de
admisión y exclusión de aspirantes.
6.2. En cualquier momento, las personas aspirantes podrán ser requeridas por el
Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
6.3. Las personas aspirantes serán convocadas para el ejercicio en único llamamiento,
siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza
mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. El orden de actuación
de las personas aspirantes en el que se requiera de una actuación individualizada se
iniciará, según la ordenación alfabética resultante del listado de admisión de aspirantes,
por aquellas cuyo primer apellido comience por la letra que corresponda, al día de
publicación de la presente convocatoria, atendiendo al sorteo realizado anualmente por la
Administración General del Estado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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desarrollo del proceso selectivo. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus integrantes, titulares o
suplentes, en su caso.
5.6.Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran
surgir en la aplicación de estas normas y determinará las actuaciones convenientes en los
casos no previstos, ajustándose la actuación del Tribunal a lo dispuesto en la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y en el Reglamento de Gobierno y
Administración de la Universidad de Cádiz aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno
adoptado en su sesión de 22 de noviembre de 2022, en los términos correspondientes.
5.7. El Tribunal podrá proponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas
para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose
dicho asesoramiento a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. El
nombramiento de tales asesores corresponderá al Rector de la Universidad de Cádiz.
5.8. El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en
que resulte necesario, de forma que las personas con discapacidad gocen de similares
condiciones para la realización del ejercicio que el resto de participantes. En este sentido
se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista
en la base 3.4, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
5.9. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar la confidencialidad del
contenido de los ejercicios antes de su realización por la totalidad de participantes y para
que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante
el Tribunal, sean corregidos sin que se conozcan la identidad de las personas aspirantes.
5.10. Contra las resoluciones del tribunal y sus actos de trámite, si estos últimos
deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de
continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e
intereses legítimos, cabe recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que
establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
5.11. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el
Edificio Hospital Real, Plaza de Falla, núm. 8, C.P. 11003 Cádiz, teléfono 956 015 039 y en la
siguiente dirección electrónica: seleccion.pas@uca.es El Tribunal dispondrá que, en esta
sede, al menos una persona, integrante o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones
sean planteadas en relación con este proceso selectivo.
El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría segunda
establecida en el artículo 20 y en el Anexo III del Reglamento de la Universidad de Cádiz
sobre indemnizaciones por razón de servicio aprobado por Acuerdo del Consejo de
Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005.