Disposiciones generales. . (2024/78-7)
Orden de 10 de abril de 2024, por la que se convocan las ayudas previstas en la Orden de 13 de marzo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, de los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola Andaluz, durante el periodo de ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 78 - Martes, 23 de abril de 2024

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b) Del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA) de la Intervención
General de la Administración del Estado, en cumplimiento de las recomendaciones de la
Oficina Nacional de Coordinación Antifraude del Ministerio de Hacienda y Función Pública
establecidas en su Comunicación 1/2017, de 6 de abril, que se encuentra accesible en la
página web de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, por medios
electrónicos, a través del canal habilitado por dicho servicio en la siguiente dirección
electrónica: http://www.igae.pap.minhafp.gob.es/sitios/igae/es-ES/Paginas/denan.aspx
c) De la Oficina Europea de Lucha contra el fraude (OLAF), conforme al Reglamento
(UE, Euratom) núm. 883/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de septiembre
de 2013, relativo a las investigaciones realizadas por la Oficina Europea de Lucha contra
el Fraude (OLAF), y demás normativa al respecto.
Es posible dirigirse a la OLAF por medio de los siguientes canales:
1.º El enlace: https://fns.olaf.europa.eu/main_es.htm
2.º Por carta a: Comisión Europea, Oficina Europea de Lucha contra el Fraude
(OLAF), Investigaciones y Operaciones B-1049 Bruselas, Bélgica.
3.º Correo electrónico: OLAF-COURRIER@ec.europa.eu
4.º Teléfono gratuito: +32-2-298.65.38.
Asimismo, se tendrá en cuenta lo establecido en los planes antifraude establecidos o
que pudieran establecerse y que le resultara de aplicación, y en concreto lo establecido
en el Plan de Medidas Antifraude para la gestión de los Fondos del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, adoptado por
Acuerdo de 27 de abril de 2022, del Consejo de Gobierno.
2. Por otro lado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4.2 de la Ley Orgánica 9/2021,
de 1 de julio, de aplicación del Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre
de 2017, la Fiscalía Europea será competente para investigar y ejercer la acusación en
relación con las causas por los delitos tipificados en los preceptos previstos en la Ley
Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Duodécimo. Anexos.
1. Se incluyen en la presente convocatoria los siguientes anexos:
a) Anexo I: Formulario de solicitud de las ayudas.
b) Anexo II: Formulario de alegaciones/aceptación/reformulación.
c) Anexo III: Formulario de solicitud de pago y justificación.
d) Anexo IV: Criterios de selección de ayudas a los proyectos acogidos a las EDLP de
los GALPA.
2. Los formularios de los anexos I, II y III podrán obtenerse en el Catálogo de
Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía a través de la dirección electrónica
indicada en el apartado segundo del resuelvo primero.
Decimotercero. Eficacia.
La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al que se publique en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

00300393

Sevilla, 10 de abril de 2024.- La Consejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, P.D. (Orden de 19.3.2024), la Viceconsejera, Consolación Vera Sánchez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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