5. Anuncios. . (2024/78-106)
Anuncio de 12 de abril de 2024, del Ayuntamiento de Almuñécar, referente a la convocatoria para proveer una plaza de Subinspector/a Policía Local. (PP. 8400/2024).
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Número 78 - Martes, 23 de abril de 2024

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Para la realización de las pruebas de aptitud física, los aspirantes deberán entregar
al Tribunal Calificador, un certificado médico en el que se haga constar que el aspirante
reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas. Si alguna de las
aspirantes en la fecha de celebración de las pruebas físicas se encontrara en estado
de embarazo, parto o puerperio, debidamente acreditado, realizará el resto de pruebas,
quedando la calificación, en el caso de que superase todas las demás, condicionada a
la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha que el Tribunal determine al
efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron el aplazamiento. Dicho plazo
no podrá superar los 6 meses de duración, desde el comienzo de las pruebas selectivas,
salvo que se acredite con certificación médica que persisten las causas, en cuyo caso
se podrá ampliar dicho plazo otros 6 meses. Cuando el número de plazas convocadas
sea superior al de aspirantes que se puedan acoger al anterior derecho, el aplazamiento
no afectará al desarrollo del proceso selectivo de las restantes plazas. En todo caso, se
entiende que han superado el proceso selectivo aquellos aspirantes cuya puntuación final
no puede ser alcanzada por las aspirantes con aplazamiento, aunque éstas superen las
pruebas físicas.
Para la realización de las pruebas físicas los opositores deberán presentarse provistos
de atuendo deportivo.
8.2.3. Tercera prueba: Psicotécnica.
La valoración psicotécnica tendrá como finalidad comprobar que los aspirantes
presentan un perfil psicológico adecuado a la función policial a la que aspiran.
A) Valoración de aptitudes. Se realizará una valoración del nivel intelectual y de otras
aptitudes específicas, exigiéndose en todos los casos rendimientos iguales o superiores
a los normales en la población general, según la baremación oficial de cada una de las
pruebas utilizadas, en función del nivel académico exigible para la categoría a la que se
aspira. Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: inteligencia general,
comprensión y fluidez verbal, comprensión de órdenes, razonamiento cognitivo, atención
discriminativa y resistencia a la fatiga intelectual.
B) Valoración de actitudes y personalidad. Las pruebas de personalidad se
orientarán a evaluar los rasgos de la personalidad más significativos y relevantes para
el desempeño de la función policial, así como el grado de adaptación personal y social
de los aspirantes. Asimismo, deberá descartarse la existencia de síntomas o trastornos
psicopatológicos y/o de la personalidad. Se explorarán los aspectos que a continuación
se relacionan: estabilidad emocional, autoconfianza, capacidad empática e interés por los
demás, habilidades interpersonales, control adecuado de la impulsividad, ajuste personal
y social, capacidad de adaptación a normas, capacidad de afrontamiento al estrés y
motivación por el trabajo policial. En los puestos que impliquen mando, se explorarán
además las capacidades de liderazgo, organización, planificación y toma de decisiones.
Los resultados obtenidos en las pruebas deberán ser objeto de constatación o refutación
mediante la realización de una entrevista personal en la que, además de lo anterior, se
valorará también el estado psicológico actual de los candidatos. De este modo, aparte de
las características de personalidad señaladas anteriormente, se explorarán también los
siguientes aspectos: existencia de niveles disfuncionales de estrés o de trastornos del
estado de ánimo; problemas de salud; consumo excesivo o de riesgo de alcohol u otros
tóxicos y grado de medicación; expectativas respecto de la función policial, u otros.
8.2.4. Cuarta prueba: Examen médico.
Con sujeción al cuadro de exclusiones médicas que garantice la idoneidad, conforme
a las prescripciones contenidas en la Orden de 22 de diciembre de 2003, ya citada, que
figura en el Anexo III de la presente convocatoria. Se calificará de apto o no apto.
8.3. Tercera fase: Curso de capacitación.
Los aspirantes deberán superar con aprovechamiento el curso de capacitación
en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, Escuelas Concertadas o Escuelas
Municipales de Policía Local. Estarán exentos de realizar el curso de capacitación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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