5. Anuncios. . (2024/78-106)
Anuncio de 12 de abril de 2024, del Ayuntamiento de Almuñécar, referente a la convocatoria para proveer una plaza de Subinspector/a Policía Local. (PP. 8400/2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 78 - Martes, 23 de abril de 2024

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Octava. Proceso selectivo.
El proceso selectivo constará de las siguientes fases y pruebas:
8.1. Primera fase: Concurso.
Esta fase consistirá en la comprobación y aplicación de un baremo para calificar los
méritos alegados y justificados por los aspirantes, en los términos establecidos en la base
séptima, siendo esta fase previa a la de oposición.
La fase de concursos supondrá un 45% de la puntuación total (16 puntos), sin que
este tenga carácter eliminatorio, ni pueda tenerse en cuenta para superar las pruebas de
la fase de oposición, sirviendo exclusivamente para establecer el orden de prelación de
los participantes en el concurso según la puntuación que corresponda en aplicación del
baremo establecido.
El baremo a que se hace referencia en el apartado anterior, es el previsto en el
Anexo V a la Orden de 31 de marzo de 2008, por la que se modifica la Orden de 22 de
diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el
baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas
categorías de los Cuerpos de la Policía Local, y que se detalla en el Anexo I de las
presentes bases.
8.2. Segunda fase: Oposición.
En la fase de oposición los aspirantes deberán superar las siguientes pruebas, que
se desarrollarán en el orden establecido en la convocatoria, asegurando la objetividad
y racionalidad de la selección. Cada una de las pruebas de la segunda fase, tendrán
carácter eliminatorio.
8.2.1. Primera prueba: Conocimientos.
Consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de preguntas con
respuestas alternativas sobre las materias que figuran en el temario de la convocatoria,
que se incluye en el Anexo IV y la resolución de un caso práctico cuyo contenido estará
relacionado con el temario.
El número de preguntas del cuestionario con respuestas alternativas será de un total
de 100 preguntas, con 4 respuestas alternativas, aprobadas por el Tribunal momentos
antes de su realización, para la realización del mismo se dispondrá de un plazo máximo
de 90 minutos. La puntuación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, cada tres respuestas
erróneas descuentan una correcta, sin que tengan incidencia las preguntas en blanco,
debiendo los aspirantes alcanzar como mínimo 5 puntos para superarlo.
Para la resolución del caso práctico cuyo contenido estará relacionado con el temario
se dispondrá para su realización por parte de los aspirantes de un plazo máximo de 90
minutos. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar, obtener como
mínimo 5 puntos para superarlo.
La calificación final de esta fase, será la suma de ambos ejercicios dividido entre 2,
siendo necesario, para aprobar, obtener como mínimo 5 puntos en las contestaciones y
otros 5 en la resolución práctica.
8.2.2. Segunda prueba: Aptitud física.
Los aspirantes realizarán las pruebas de aptitud física que se describen en la Orden
de 22 de diciembre de 2003, de la Consejería de Gobernación, por la que se establecen
las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción
interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local,
detalladas en el Anexo II de la presente convocatoria, y en el orden que se establece,
siendo cada una de ellas de carácter eliminatorio. Se calificará de apto o no apto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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7.9. A lo largo del proceso selectivo, y conforme a lo establecido en el artículo 45.1.b)
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, toda la información relacionada con los diferentes aspectos
de su desarrollo, y las actuaciones realizadas por el órgano de selección, se publicarán
en la página web del Ayuntamiento de Almuñécar, sin perjuicio de que, adicionalmente y
de manera potestativa, puedan añadirse otros medios complementarios que se juzguen
convenientes para facilitar su máxima divulgación.