Disposiciones generales. . (2024/77-2)
Resolución de 12 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convoca la III Edición de los Premios Andalucía para la Economía Social «Premios Andalucía ES»
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BOJA
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 77 - Lunes, 22 de abril de 2024

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d)1.1.Proyecto que dinamiza la economía a nivel comarcal.

Hasta 5 puntos.

d)1.2.Proyecto que dinamiza la economía a nivel provincial o interprovincial.

Hasta 10 puntos.

d)2.1.Proyecto que favorece o implementa medidas o actuaciones en
municipios con riesgo de despoblación (densidad de población menor de Hasta 5 puntos.
12,5 hab/km²).
d)2.2.Proyecto que favorece o implementa medidas o actuaciones en
municipios con riesgo severo de despoblación (densidad de población menor Hasta 10 puntos.
de 8 hab/km²).
d)3.Proyecto que favorece o implementa medidas o actuaciones que
permiten retener la población joven (menores de 35 años) en el territorio, Hasta 10 puntos.
garantizando una renovación generacional sostenible y el autoempleo.
Hasta 20 puntos,
con el siguiente
desglose de
puntos:

Se valorarán los siguientes aspectos medioambientales:
e) Contribución del proyecto
a la reducción del impacto e)1. Innovación en transportes sostenibles.
medioambiental.
e)2. Uso de energías renovables.

Hasta 5 puntos.
Hasta 5 puntos.

e)3. Innovación en producción o consumo responsable con impacto social.

Hasta 5 puntos.

e)4 Uso responsable de los recursos naturales.

Hasta 5 puntos.

Puntuación máxima: 125 puntos.
Puntuación mínima: 80 puntos.
Criterios de desempate:
- Primer criterio de desempate: mayor puntuación en los criterios generales según el orden de prelación establecido.
- Segundo criterio de desempate: voto de calidad de la persona que ostenta la presidencia del jurado.

Séptimo. Notificación y publicación.
1. Los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las personas interesadas
se publicarán en la sede electrónica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo, en los términos del artículo 45.1.b) y 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos
efectos.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, las notificaciones que
deban cursarse personalmente se practicarán a través del Sistema de Notificaciones
Electrónicas de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica
https://www.juntadeandalucia.es/notificaciones
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00300284

Sexto. Resolución, entrega de premios y divulgación.
1. La persona titular de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social,
por delegación de la persona titular de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo, dictará la resolución de concesión, que será publicada en Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía, y en la sede electrónica de la Consejería de Empleo, Empresa y
Trabajo Autónomo, esto último con fines informativos.
2. La entrega de premios se realizará en un acto de carácter institucional promovido
por la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, de lo que se dará la debida
difusión.
3. La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo podrá difundir el contenido
de los proyectos premiados, sin derecho a contraprestación económica alguna, durante
un período máximo de 24 meses desde la resolución de concesión del premio.
4. Las personas físicas y/o jurídicas premiadas podrán divulgar sus proyectos, en cuyo
caso deberán incorporar de modo visible el logotipo oficial de la Junta de Andalucía, así
como el logotipo de los premios, haciendo referencia de forma destacada a la modalidad
de premio en la que fueron galardonados, edición y órgano convocante del mismo, en los
términos que se establezcan por la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.