3. Otras disposiciones. . (2024/77-44)
Decreto 93/2024, de 16 de abril, por el que se autoriza la desadscripción mediante convenio del Centro de Enfermería «San Juan de Dios» como centro adscrito a la Universidad de Sevilla.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 77 - Lunes, 22 de abril de 2024

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Sexto. Custodia de expedientes y certificaciones académicas.
De conformidad con lo previsto en las cláusulas séptima y decimoctava del Convenio
de desadscripción, los expedientes y actas oficiales del alumnado que hayan cursado
y cursen enseñanzas oficiales universitarias en el Centro de Estudios Universitarios
Cardenal Spínola durante el periodo de desadscripción serán gestionados y custodiados
por este Centro. Una vez finalizadas las actividades del Centro, las actas oficiales, los
expedientes del alumnado y las certificaciones académicas serán entregados por el
Centro a la Universidad de Sevilla para su archivo y custodia.
Séptimo. Seguimiento de las condiciones establecidas en la desadscripción.
A efectos de la salvaguarda de la calidad en la prestación del servicio público de
educación superior, la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, en virtud
de su competencia atribuida por el artículo 1.a) del Decreto 158/2022, de 9 de agosto,
por el que se regula su estructura orgánica, podrá requerir a las partes que suscribieron
el Convenio de desadscripción la información que considere oportuna a los efectos velar
por el cumplimiento de lo establecido en el mismo.
En todo caso, la información que se solicite será proporcional a la finalidad reseñada
y respetará, en todo caso, la normativa de protección de datos de carácter personal.
Octavo. Efectos.
El presente decreto será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía por razón del interés público que supone la prestación del servicio público
de educación superior universitaria y que tiene como destinatario a una pluralidad
indeterminada de personas, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.a)
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
El presente decreto surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín oficial de la Junta de Andalucía
Noveno. Recursos.
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Consejo de Gobierno,
de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicho orden jurisdiccional del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, de conformidad con
lo previsto en los artículos 10.1.a), 14.1.Primera y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 16 de abril de 2024
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía

JOSÉ CARLOS GÓMEZ VILLAMANDOS

00300404

Consejero de Universidad, Investigación e Innovación

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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